Los cocineros y el personal de tareas específicas reciben en octubre el mismo monto que el mes previo, dado que en septiembre impactó el último tramo de incrementos que formaba parte del más reciente acuerdo paritario para empleados del sector y, al momento, no hay nuevas subas negociadas.
A su vez, este mes los cocineros ya no cuentan con el bono extraordinario, dado que las entregas se pautaron para tres veces consecutivas, y culminaron junto al salario de septiembre.
De esta manera, para el mes de octubre, se toman como referencia los valores más recientes que fueron publicados por la Upacp (Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares) y difundidos en su sitio, donde figuran las cifras exactas para el personal que trabaja por hora y por mes en sus distintas categorías.
Este valor de referencia sirve para el cálculo del salario de los cocineros y del personal de tareas específicas, que corresponde a la segunda categoría del sector e incluye a los cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor y a todo quien realice tareas del hogar que requieran especial idoneidad.
Salario por hora de los cocineros en octubre 2025
Según la grilla publicada por el Upacp, para liquidar los salarios de las personas que realizan tareas específicas en casas particulares y están contratadas por hora o por jornada, se toman como referencia los siguientes valores mínimos:
- Por hora con retiro: $3487,00
- Por hora sin retiro: $3822,91
Estos valores sirven para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.
Salario mensual de los cocineros en octubre de 2025
En el décimo mes del año, quienes trabajan con un esquema mensual reciben los siguientes montos de referencia, de acuerdo a la grilla publicada por el Upacp:
- Mensual con retiro: $426.875,19
- Mensual sin retiro: $475.184,56
Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Cómo registrar en ARCA a los trabajadores de casas particulares
Todos los empleadores tienen que inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de ARCA, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación.
Este registro se puede hacer de forma virtual de la siguiente forma:
- Ingresar en la web de ARCA con la clave fiscal. En caso de no contar con ella, se tendrá que realizar una Solicitud de Clave Fiscal.
- Cargar los datos del empleado. A partir del número de CUIL, el sistema permite traer automáticamente los datos asociados a esa persona que tiene ARCA.
- La pantalla siguiente mostrará los datos de la persona y el empleador deberá completar los campos que figuran debajo.
- Ingresar el domicilio del trabajador. Si este ya está declarado en la base de datos de ARCA, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se tendrá que ingresar el nuevo domicilio.
- Ingresar los datos del trabajo y describir las características de la relación laboral. Para ello, se deberá indicar el tipo de trabajo, la cantidad de horas semanales, la modalidad de liquidación, la remuneración, la modalidad de trabajo, la fecha de ingreso, y precisar si el trabajo es temporal o fijo.
- Señalar el domicilio laboral, es decir, en donde se realizarán las tareas. Cabe aclarar que se podrá seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.
- Antes de terminar el trámite, el sistema mostrará toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para ser verificada por el empleador y confirmarla o modificarla si hiciera falta.