Los contribuyentes argentinos que precisen transferir dinero entre cuentas propias en agosto de 2025 deben saber que se mantienen los mismos valores límite que el mes pasado, por lo que solo superando esas cifras se deberá presentar una documentación requerida por ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero).
En agosto de 2025, el sitio oficial de ARCA informa que únicamente están obligados a suministrar información específica aquellas personas físicas que realicen movimientos entre cuentas iguales o superiores a $50.000.000. En tanto, las personas jurídicas tienen un límite de $30.000.000.
La normativa vigente señala lo siguiente: “La información se suministrará únicamente respecto de aquellas cuentas en las cuales los ingresos o egresos totales registrados en el período a informar y/o el saldo final mensual registrado al último día hábil del período mensual informado resulte igual o superior a $50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para personas jurídicas. En el caso de los saldos, deberán considerarse los importes positivos y negativos”.
A su vez, ARCA enumera los sujetos alcanzados por esta normativa. “Quedan alcanzados por el régimen quienes administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, por cuenta y orden de personas humanas y jurídicas residentes en el país o en el exterior, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago».
A su vez, quedan excluidos del régimen las entidades financieras, los agentes de liquidación y compensación y las sociedades depositarias de Fondos Comunes de Inversión.
Qué deben presentar quienes superen los topes de dinero transferido entre cuentas
Los sujetos obligados por el régimen deberán suministrar la siguiente información:
- La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:
- Tipo y número de cuenta
- CVU
- Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.
- Los montos totales de los ingresos y egresos en las mencionadas cuentas, expresados en pesos argentinos.
- El saldo final mensual de las cuentas, al último día hábil del período mensual informado.
Recomendaciones para transferir dinero entre cuentas propias
Quienes deseen realizar transferencias de dinero entre cuentas propias deben tener en cuenta algunas sugerencias elementales para evitar inconvenientes futuros:
- No transferir montos que superen el límite establecido por ARCA y tener en cuenta los límites diarios de operación por parte de las entidades bancarias o billeteras virtuales que se utilicen.
- Tener la posibilidad de justificar los fondos de las cuentas bancarias. Es importante saber que aunque se trate de movimientos entre cuentas propias, las mismas deben contar con el respaldo correspondiente.
- Responder a la brevedad si existiesen solicitudes del banco o la empresa de billetera virtual sobre documentación para justificar el origen de los fondos, ya que una demora en esta instancia puede generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIA).