Después de un debate polémico sobre la implementación de la CURP Biométrica, Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México, promulgó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que contiene este documento el pasado 16 de julio de 2025.
La medida destaca en la Ley General de Población, por lo que, este instrumento se convierte en obligatorio para todos los mexicanos, estableciéndose como la fuente única de identidad.
“La Clave Única de Registro de Población (CURP) es la fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentre en condición de estancia regular en el país, integrada de una secuencia alfanumérica de 18 caracteres que permite identificarlas”, así lo indica la ley prevista en el Articulo 91.
En meses recientes, distintos tramites se han visto alojados en la plataforma gestionada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicación, como lo es la Llave MX, una herramienta creada con el propósito de ofrecer una identidad digital que simplifica la realización de trámites, el acceso a servicios y el registro en programas sociales del gobierno.
Este sistema busca evitar que los usuarios tengan que acudir a ventanillas físicas o presentar documentos en repetidas ocasiones durante sus gestiones. La funcionalidad de Llave MX consiste en agilizar la interacción entre los ciudadanos y el gobierno, centralizando información relevante y generando un expediente digital personal.
Hasta el momento, no se ha hecho mención explícita sobre la integración de la CURP Biométrica en el sistema. La agencia ha comunicado que se irán incorporando más trámites y servicios de forma paulatina, lo que abre la posibilidad de que, en etapas futuras, la CURP Biométrica esté disponible como parte de los servicios ofrecidos por Llave MX.
Qué datos se sumarán a la CURP biométrica
En la legislación publicada en el DOF, se menciona que la CURP biométrica contará con los siguientes datos:
- Nombres y apellidos, según corresponda;
- Fecha de nacimiento, empezando por año, mes y día;
- Sexo o género;
- Lugar de nacimiento, y
- Nacionalidad.
Además, se adiciona en el Artículo 91 Bis que contendrá “huellas dactilares y fotografía”, confirmando que se tratará de un “documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital”.
Actualmente, se han implementado módulos pilotos para realizar el trámite en Veracruz, Ciudad de México y Estado de México, la medida permanecerá implementada hasta octubre de este año.