El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) no otorga de forma automática la residencia permanente en EE.UU., por lo que los beneficiarios deben buscar otra forma de alivio migratorio, como el asilo. Sin embargo, existe una regla que “detiene el reloj” de un requisito clave para el proceso.
La regla que “detiene el reloj” para los beneficiarios de TPS que buscan asilo
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) explica que el TPS no afecta a una solicitud de asilo, ni ningún otro beneficio migratorio, y viceversa. Sin embargo, advierte que se debe cumplir con todos los requisitos de elegibilidad.

Para obtener asilo a través del proceso afirmativo, es necesario estar presente en Estados Unidos y hacer la solicitud dentro del período de un año de la última llegada al país norteamericano.
En ese sentido, el Uscis tiene una regla que indica: “Tener el estatus de TPS ‘detiene el reloj’ del requisito de solicitar asilo dentro de un año de haber llegado a Estados Unidos”. Esto debido a que recibir y mantener el beneficio por un periodo razonable se considera una circunstancia extraordinaria para propósitos de la fecha límite.
Circunstancias extraordinarias: qué dice la ley de EE.UU.
De acuerdo con el Título 8, del Código Federal de EE.UU., para el caso de la solicitud de asilo, el término circunstancias extraordinarias se referirá a eventos o factores directamente relacionados con el incumplimiento del plazo de un año que pueden justificar la presentación.
Asimismo, explica que la carga de la prueba recae sobre el solicitante, quien debe demostrar, a satisfacción del funcionario de asilo, el juez de inmigración o la Junta de Apelaciones de Inmigración, que las circunstancias no fueron creadas intencionalmente, mediante propia acción u omisión, y que la demora fue razonable dado el caso.

TPS a asilo: cómo solicitar
El TPS es un beneficio de carácter temporal que no concede la residencia permanente ni ningún otro estatus migratorio en Estados Unidos. No obstante, inscribirse no impide solicitar un estatus de no inmigrante, presentar una solicitud de ajuste de basada en una petición de inmigrante o pedir cualquier otro beneficio o protección.
Por lo general, los no ciudadanos presentes o que llegan a EE.UU. pueden buscar protección contra la persecución pasada o futura por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política, a través del asilo.
Existen tres formas de obtener el beneficio.
- El proceso afirmativo: se puede solicitar independientemente de cómo se haya llegado a EE.UU. o del estatus migratorio actual.
- Una entrevista sobre los méritos del asilo después de una determinación positiva de temor creíble
- El proceso defensivo: se produce cuando se solicita asilo como defensa contra la expulsión de Estados Unidos.

Para obtenerlo, en la categoría de afirmativo o defensivo, se debe presentar ante el Uscis el Formulario I-589. La agencia explica que se podrá residir en Estados Unidos mientras el trámite está pendiente, pero los extranjeros no están autorizados a trabajar en el país a menos que cumplan con ciertos requisitos.
Una vez que se obtenga el asilo, los beneficiarios pueden ser aprobados para recibir una tarjeta de residente permanente un año después. Para solicitar la green card, se debe iniciar un proceso con el Formulario I-485, Solicitud de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus.