Las elecciones de Formosa se llevan a cabo hoy, domingo 29 de junio. Los ciudadanos debe acercarse a las urnas para elegir sus representantes legislativos y municipales. En ese sentido, varios se preguntan dónde votan, una duda que se puede despejar al consultar el padrón electoral.
Dónde voto en las elecciones 2025 en Formosa este 29 de junio
El Tribunal Electoral Permanente de Formosa ofrece a los ciudadanos que votan la posibilidad de consultar el padrón electoral de forma online. En ese sentido, quienes quieran saber cuál es lugar que se les asignó para sufragar, es necesario que ingresen al sitio padron.formosa.gob.ar.
Allí, deben seleccionar su género, escribir su número de DNI y completar el código de seguridad de la página e indicar si son argentinos o extranjeros. De ese modo, automáticamente, el sistema exhibirá la información exacta de dónde deben ir a votar, al precisar el nombre y dirección del establecimiento asignado, como así también el número de mesa y número de orden.
Qué se vota en las elecciones de Formosa 2025
Este año, se renueva la Cámara de Diputados de Formosa, que tiene recambio por mitad cada dos años. Por lo tanto, en esta ocasión se eligen 15 diputados provinciales y ocho suplentes. A su vez, se eligen autoridades locales, como concejales, en diferentes municipios y sus Comisiones de Fomento.
En tanto, la convocatoria a los comicios hecha por el gobernado, Gildo Infrán, que se hizo en abril de este año incluye la elección de 30 convencionales constituyentes quienes estarán a cargo de la reforma de la Carta Magna del distrito. “Dicha Convención se compondrá de un número de diputados igual al de los miembros de la Cámara de Representantes, exigiéndose para ser convencional las mismas condiciones que para ser representante. A todos los efectos, los diputados convencionales constituyentes quedarán equiparados a los diputados provinciales”, señalaron desde el gobierno provincial.
Qué documentos se necesitan para votar en las elecciones de Formosa 2025
Distintas cédulas de identidad emitidas por el Estado nacional a lo largo de los años son válidas para votar en Formosa. Según dispone la ley electoral, el día de la votación pueden presentarse ante la urna con los siguientes documentos:
- La Libreta de Enrolamiento
- La Libreta Cívica
- El Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) en cualquiera de sus formatos
Es importante recordar a los electores que el documento a presentar en la mesa de votación debe ser el mismo que figura en el padrón o uno posterior.
Qué pasa si no voto en las elecciones 2025 de Formosa
La Constitución de Formosa establece que el voto es “universal, secreto y obligatorio”. A su vez, el Régimen Electoral de la provincia señala que “el sufragio electoral es un derecho y una función política” de los ciudadanos y que “todo elector tiene el deber de votar en cuantas elecciones provinciales y municipales fueren convocadas en la provincia o en su municipio”. Por lo tanto, los ciudadanos formoseños que se encuentren empadronados deben presentarse en las mesas de votación este domingo.
Quienes no emitan su voto en los comicios provinciales y municipales sin justificación, serán penados con la publicación de su nombre por el Tribunal Electoral Permanente, como censura por haber dejado de cumplir su deber electoral. Además, recibirán una multa de doscientos pesos y, en caso de reincidencia, con el doble de la sanción que se haya impuesto por la infracción anterior.
Quiénes están exentos de votar en las elecciones 2025 de Formosa
Las siguientes personas quedan exentas de participar el acto electoral de Formosa este domingo, de acuerdo al Régimen Electoral:
- Los electores menores de 18 años y mayores de 70
- Los jueces y sus auxiliares y todos los funcionarios públicos que por disposición de la ley deban asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.
- Aquellas personas que el día de la elección se encuentren a más de 200 km de la mesa en que les corresponda votar.
- Los votantes que estuvieren enfermos o imposibilitados física o mentalmente o que razones de fuerza mayor, debidamente comprobadas, les impida concurrir al comicio.
- Los soldados del ejército, armadas y aeronáutica y los agentes o gendarmes de las policías armadas de la Nación de las Provincias y sus equivalentes.
- Los detenidos por orden de un juez competente mientras no recuperen su libertad.
- Los condenados por delitos comunes, por el término de la condena.
- Aquellos electores que, en virtud de otras disposiciones legales, quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.