Dos magistradas defienden la absolución del fiscal general del Estado porque los indicios «no son suficientes»

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El criterio racional aplicado a la valoración de la prueba se coloca en el centro del debate judicial en torno al caso del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, según documentación a la que accedió Europa Press. Dos de las siete magistradas que conforman el tribunal encargado del proceso sostienen en su voto particular que la ausencia de elementos probatorios contundentes impide atribuir de forma inequívoca la autoría de la presunta filtración de un correo electrónico a García Ortiz, abriendo la puerta a la posibilidad de que cualquier persona con acceso al mensaje remitido el 2 de febrero de 2024 pudiera haber difundido la información.

De acuerdo con Europa Press, el informe elaborado por ambas magistradas se extiende a lo largo de 52 páginas y expone su discrepancia con la resolución de la mayoría del tribunal, la cual concluyó que García Ortiz era responsable de un delito de revelación de secretos en relación con la filtración de la correspondencia electrónica enviada por el abogado de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, a la Fiscalía de Delitos Económicos. Según el análisis recogido en el voto particular, las pruebas admiten distintas lecturas sobre la autoría, y los elementos presentados durante el juicio no permiten descartar el posible involucramiento de terceras personas.

El medio Europa Press señala que las magistradas firmantes remarcan que el contenido indiciario del sumario revela que cada individuo con acceso legítimo al citado correo electrónico pudo haber estado en condiciones de transmitirlo a los medios de comunicación, postura que equiparan a anteriores situaciones en las que se filtraron tanto el expediente tributario como una denuncia relacionada. Esta apreciación refuerza la convicción de las autoras de que los indicios disponibles no excluyen las dudas razonables en torno a la identidad del responsable de la revelación.

Europa Press detalla que las magistradas hacen hincapié en la exigencia de que toda condena penal debe basarse en la certeza y no en probabilidad, subrayando que la falta de credibilidad irrefutable respecto de la participación directa del fiscal general del Estado debía haber derivado en una absolución completa. El voto particular establece que la nota informativa publicada sobre el caso no presenta las características que, a juicio de las firmantes, configuran el delito penal mencionado, por lo que la conducta de García Ortiz no encajaría en el tipo sancionado por la mayoría del tribunal.

La controversia interna en el seno del tribunal se centra precisamente en la evaluación de los indicios y el estándar de prueba aplicado. Según el documento difundido por Europa Press, las magistradas critican que la sentencia mayoritaria no haya dado suficiente peso a la posibilidad de alternativas razonables en la cadena de custodia de la información, y señalan la existencia de antecedentes en los que el acceso a documentos sensibles no se limitaba exclusivamente al fiscal general, posibilitando así la intervención de otros actores en la difusión del material a la prensa.

Europa Press consigna que el voto particular reitera que el principio de presunción de inocencia debe prevalecer mientras no se presente una prueba concluyente de la autoría, y concluye que los hechos atribuidos a García Ortiz quedan desprovistos de la evidencia necesaria para determinar su culpabilidad más allá de toda duda razonable. En este sentido, el informe llama la atención sobre la necesidad de un análisis exhaustivo y racional de los indicios, defendiendo que la imposibilidad de descartar a terceras personas impide emitir una condena firme contra el fiscal general del Estado.

El contenido del voto particular, según la cobertura de Europa Press, ofrece un extenso desarrollo de los motivos de desacuerdo con la mayoría judicial, revisando minuciosamente las actuaciones procesales, los informes documentales y las diversas interpretaciones jurídicas que surgieron durante el juicio. Las magistradas argumentan que su enfoque es el único compatible con el estándar constitucional de certeza y con las garantías penales reconocidas en la ley.

Mientras tanto, la discrepancia se mantiene vigente dentro del tribunal, reflejando una división sustancial acerca de cómo interpretar los hechos y el peso de los indicios en causas relacionadas con la revelación de secretos oficiales. Europa Press advierte que la difusión del informe particular continuará ampliándose con nuevos elementos, en la medida en que prosiga el debate jurídico sobre la atribución de la responsabilidad penal en el caso del fiscal general del Estado.

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