Al cumplirse tres años del bono previsional, aquel adicional que surgió como un “parche transitorio” y terminó consolidándose como parte estructural de la jubilación mínima, la base del sistema previsional se amplió y la cima se volvió cada vez más plana. Lo que debía ser una medida excepcional se transformó en el sustento cotidiano de más de cinco millones de jubilados y pensionados.
El bono, instaurado durante la presidencia de Alberto Fernández como un supuesto “acto de justicia social”, alcanzó montos variables y en algunos meses llegó a representar más del 50 % del haber mínimo. La intención original era compensar la pérdida provocada por la inflación. Sin embargo, generó un marcado achatamiento de la pirámide jubilatoria: distintos perfiles y trayectorias terminaron percibiendo ingresos semejantes al mínimo, gracias al refuerzo.
La actual administración optó por mantener este bono como un gasto fiscal necesario, aunque lo congeló en $70.000 desde marzo de 2024. Esta decisión detuvo la profundización del achatamiento de ingresos, pero simultáneamente recortó el peso relativo del bono dentro del ingreso total. La capacidad de compra real de quienes dependen de este complemento sigue disminuyendo.
La legalidad del bono no se consolidó. No tiene rango legal ni previsibilidad normativa, aunque paradójicamente su carácter transitorio y discrecional terminó constituyendo una norma de hecho
La legalidad del bono no se consolidó. No tiene rango legal ni previsibilidad normativa, aunque paradójicamente su carácter transitorio y discrecional terminó constituyendo una norma de hecho. Hoy, la diferencia entre el “mínimo legal” -obtenido por ajuste del IPC según el mes anterior- y el “mínimo real” -integrando el bono- define la subsistencia de quienes cobran los haberes más bajos.
A partir del Decreto 274/24, las jubilaciones se actualizan formalmente por inflación. Sin embargo, sin el bono, la jubilación mínima no cubre necesidades básicas. Al congelarse el monto del adicional, el bono pierde peso cada mes dentro del ingreso total y la tasa efectiva de ajuste resulta inferior a la inflación oficial.
Este fenómeno impacta también en las prestaciones submínimas, como la PUAM y las Pensiones No Contributivas, en las cuales el incremento es todavía más reducido. Así, un esquema diseñado para proteger a quienes más lo necesitan termina ajustando los haberes por debajo del índice de precios, reforzando la brecha entre la movilidad legal y la realidad económica.
La existencia del bono transformó la estructura del sistema: ensanchó la base, aplanó la pirámide y creó una dualidad en la medición del haber mínimo.
Las cotizaciones paralelas provocaron que jubilados con trayectorias contributivas queden, en la práctica, alineados a la base del sistema
Las cotizaciones paralelas provocaron que jubilados con trayectorias contributivas queden, en la práctica, alineados a la base del sistema, mientras que quienes se encontraban en la cima vieron deteriorada su proporción frente al peldaño inferior.
El congelamiento terminó invirtiendo el efecto original: en lugar de beneficiar proporcionalmente a los ingresos más bajos, ahora actúa como un factor de rezago y erosiona el poder adquisitivo de quienes dependen de él.
El cambio oportunista en la fórmula de movilidad, reemplazando el mecanismo anterior por ajustes mensuales automáticos basados en inflación, no significó una mejora para jubilados y pensionados, sino una medida fiscal conveniente. La alteración se produjo justo cuando la inflación comenzaba a bajar, asegurando un alivio inmediato en las cuentas públicas a costa de frenar cualquier posibilidad de recuperación real en los haberes.
De haberse mantenido la fórmula original, los aumentos hubieran sido superiores, aun en su esquema trimestral. La elección del dato y el congelamiento del bono, presentados como orden en las cuentas públicas, devinieron en una pérdida estructural para el sector previsional.
El congelamiento del bono, presentados como orden en las cuentas públicas, devinieron en una pérdida estructural para el sector previsional
El desempeño de los tres poderes del Estado pone de manifiesto la inacción institucional:
- El Poder Ejecutivo creó y manejó el bono con discrecionalidad, primero ajustándolo sin criterios claros y luego congelándolo, siempre sin incorporarlo al haber.
- El Poder Legislativo tuvo una oportunidad histórica: solo propuso su continuidad o el incremento nominal, sin integrar el monto ni distribuir su impacto proporcionalmente. El veto a la sanción convertida en ley desnudó la falta de consenso real para una reforma estructural.
- Desde el Poder Judicial, algunos tribunales federales reconocieron el perjuicio generado por la norma anterior, pero la Corte Suprema optó por el silencio.
Tres años después, el bono previsional dejó de ser excepcional para convertirse en símbolo de precariedad estructural: un complemento congelado que supera el 20% del haber mínimo y, sin embargo, sigue siendo indispensable para millones.
El Estado, a través de sus tres poderes, eligió la comodidad de la inercia antes que la decisión de garantizar un derecho. Se privilegió un artificio contable por encima de la recomposición real para quienes perciben la mínima y la integración de los excluidos.
El autor es Abogado de la Universidad Nacional del Sur