El anuncio de Uscis que impacta en los trabajos de verano para extranjeros en EE.UU: a partir del 30 de julio

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Estados Unidos ofrece formas legales de llegar a ese país para trabajar sin tener que convertirse en un migrante. La vía para conseguirlo es a través de las visas temporales. Hay algunas especialmente dedicadas a trabajadores agrícolas, en tanto que otras cubren puestos en industrias más diversas. En medio de la temporada de verano, donde la demanda de mano de obra aumenta, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) hizo una aclaración.

El formulario clave para trabajar temporalmente en EE.UU.

Los trabajadores temporales, como los que pertenecen al programa H-2B, tienen la misión de cubrir puestos donde usualmente no hay estadounidenses disponibles. Así, permite que empleadores de ese país puedan contratar extranjeros. Son ellos los que deben llenar el formulario I-129 (Petición para Trabajador No Inmigrante), a nombre del trabajador prospecto.

Uscis anunció cambios en los formularios I-129 para obtener permisos de trabajo

Para las personas que necesiten solicitar autorización de trabajador no inmigrante, Uscis anunció que desde el próximo 30 de julio solo aceptará el formulario I-129 (Petición para Trabajador No Inmigrante) en su edición del 20 de enero de 2025.

La agencia aclaró que hasta esa fecha se podrá utilizar la edición con fecha del pasado 17 de enero de 2025.

“Si usted completa e imprime el formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario”, recomendó Uscis.

Y advirtió que si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podrían rechazar su solicitud.

Además, la agencia recomendó a los solicitantes recordar firmar el formulario de manera válida. “Rechazaremos cualquier formulario que no esté firmado y rechazaremos o denegaremos cualquier formulario que esté firmado de manera incorrecta”, señaló el Uscis.

Para que un formulario I-129 sea considerado válido deberá tener una firma adecuada y ser de la edición del 20 de enero de 2025

La agencia federal rechaza los formularios que tienen:

  • Un nombre escrito a máquina en la línea de la firma.
  • Una firma de un abogado, representante o familiar que firme en nombre del solicitante.
  • Una firma creada por una máquina de escribir, un procesador de textos, un sello (manual o electrónico), un bolígrafo automático o un dispositivo similar.
  • Una firma electrónica reproducida fuera de la cuenta de Uscis en línea, firmas creadas con software de firmas comerciales y firmas que no cumplen con las guías de firmas del Manual de Políticas.
  • Una imagen de una firma manuscrita que se adhiera posteriormente y por separado a la solicitud de beneficio por medios físicos o electrónicos. Por ejemplo, que un solicitante haya cortado y pegado la imagen de una firma en una solicitud.

¿Quiénes deben presentar el formulario I-129?

El formulario de petición para un trabajador no inmigrante es utilizado por empleadores para solicitar que una persona extranjera trabaje o se capacite temporalmente en Estados Unidos bajo una visa de no inmigrante. Es decir, sin intención de quedarse permanentemente el territorio americano.

El formulario de permiso de trabajo deben presentarlo quienes busquen trabajar temporalmente en EE.UU. (AP Foto/Nam Y. Huh, File)

Las visas que menciona son tipos específicos de visas de trabajo o capacitación temporal:

  • H-1B: profesionales con título universitario en ocupaciones especializadas.
  • H-2A: trabajadores agrícolas temporales.
  • H-2B: trabajadores temporales no agrícolas.
  • H-3: entrenamiento no académico ni médico.
  • L-1: transferencias dentro de empresas multinacionales.
  • O, P, Q, R: artistas, deportistas, personas con habilidades extraordinarias, religiosos, intercambio cultural, etc.

También se puede usar para cambiar el estatus o extender estadía a otras visas como:

  • E-1/E-2: comerciantes o inversionistas.
  • E-3: profesionales australianos.
  • TN: profesionales de Canadá o México bajo el tratado USMCA.

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