El Ministerio de Salud de la Nación dispuso la eliminación de aranceles para trámites vinculados a habilitaciones, certificaciones, matriculaciones y autorizaciones de establecimientos y profesionales que se desempeñan en el sector.
La medida establece la gratuidad de estos procesos a partir de su publicación en el Boletín Oficial, mediante la Resolución 1938/2025.
Esta última deroga la Resolución 3314/2023 e incluye a los establecimientos sanitarios públicos nacionales, de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de las universidades nacionales, que continúan exceptuados del pago de estas tasas. No obstante, mantiene la vigencia y actualiza los montos de los aranceles estipulados para los trámites de matriculación y certificación de especialidades en los que interviene la Dirección de Sanidad de Fronteras y Terminales de Transporte de la cartera de Salud nacional.
Según adelantaron a Infobae, el objetivo de esta decisión es eliminar las barreras económicas que dificultaban la instalación y el funcionamiento de establecimientos médicos y simplificar el acceso a las gestiones administrativas esenciales.
De acuerdo con lo dispuesto en el Boletín, la gratuidad podría incentivar una oferta más amplia de establecimientos, que fortalecerán el sistema de atención primaria de la salud y mejorarán el abordaje hacia los pacientes.
La medida prevé que los recursos antes destinados al pago de aranceles se utilicen en mejoras de las instalaciones sanitarias, que podrán contar con una mayor cantidad de profesionales.
Según lo divulgado, la aplicación de estas tarifas representaba una barrera económica, en particular para pequeños prestadores, organizaciones comunitarias y establecimientos de salud mental.
Tal como indicaron desde el área de Salud, se busca favorecer la descentralización y asegurar un enfoque equitativo y federal en la regulación de los servicios sanitarios.
Otra disposición sobre matrículas de salud
Por otro lado, semanas atrás, el Ministerio de Salud estableció otra medida, en este caso, para simplificar los trámites de matriculación de los profesionales de la salud que desempeñan su trabajo en hospitales e instituciones dependientes del Estado Nacional.
“La sola posesión de una matrícula nacional será requisito suficiente para que los profesionales de la salud que se desempeñen en organismos o instituciones del Estado nacional puedan efectivamente trabajar en esos ámbitos”, había afirmado el vocero Manuel Adorni.
De acuerdo con esta medida, el único requisito para ejercer en esos entornos pasó a ser la matrícula nacional, sin necesidad de una matrícula provincial adicional. La modificación eliminó, además, ciertos costos asociados, como cuotas a colegios profesionales y cajas previsionales.
Fuentes del Ministerio de Salud señalaron a Infobae en aquel momento: “Hoy, por ejemplo, para trabajar la Ley requiere la matrícula nacional y luego obtener la matrícula provincial para ejercer en esa jurisdicción”. Al mismo tiempo, indicaron que la decisión busca garantizar la “libertad de elección de los profesionales de la salud”.
De acuerdo con fuentes de la cartera sanitaria, “un médico de 33 años en la provincia de Buenos Aires tiene que abonar el registro de la matrícula y mensualmente un aporte de $26.500 al colegio y otro aporte de $190.000 a la Caja de Previsión y Seguro Médico”. Una situación que, según indicaron, se eliminó tras esta iniciativa.
La idea fue que “los requisitos de matriculación” se unifiquen y simplifiquen. En paralelo, se apuntó a “garantizar su calificación y competencia y eliminar posibles ambigüedades o la necesidad de trámites adicionales, como matrículas provinciales que a su vez retienen un porcentaje de los haberes de los profesionales”.
Desde el Ministerio de Salud destacaron que la matriculación ante la cartera sanitaria nacional es “fundamental para el resguardo de la salud pública en todo el territorio nacional”, ya que “garantiza que los profesionales cumplan con los estándares nacionales de formación, ética y competencia y estén plenamente habilitados para ofrecer una atención segura, responsable y conforme a las normativas nacionales vigentes”.
Esta medida se sumó a otras previas efectuadas durante los últimos meses, como fueron el establecimiento de la credencial digital profesional única y la disposición de que las credenciales digitales no tengan vencimiento.