Barcelona, 27 mar (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia que anulaba las bases de un proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Vic (Barcelona) para cubrir una plaza de operario de cementerio, al considerar» desproporcionado» que se exigiera el nivel B2 de catalán.
En su sentencia, la sala contencioso administrativa del TSJC desestima el recurso que presentó el Ayuntamiento de Vic contra la resolución que el pasado mes de octubre dictó un juzgado de Barcelona, a raíz de una demanda presentada por Convivencia Cívica Catalana.
El juez anuló las bases del concurso, que establecían la obligatoriedad de certificar el B2 de catalán y superar una prueba oral y escrita obligatoria, al considerarlas «discriminatorias», y estimó desproporcionado que se exigiera ese nivel para un trabajo manual que no requiere «interacción lingüística».
El TSJC ha avalado la sentencia del juzgado de Barcelona, al considerar que «aborda de forma completa y con rigor sustantivo el debate que enfrenta a las partes», desde la perspectiva de la proporcionalidad en la exigencia de conocimiento del catalán.
En un comunicado, Convivencia Cívica Catalana ha aplaudido la sentencia, que en su opinión es «especialmente contundente al señalar que elevar artificialmente el nivel de catalán exigido, sin justificación funcional, constituye una restricción ilegítima del acceso al empleo público».
«No se trata de una mera irregularidad administrativa, sino de una vulneración directa de derechos fundamentales», añade la entidad. EFE
Barcelona, 27 mar (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia que anulaba las bases de un proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Vic (Barcelona) para cubrir una plaza de operario de cementerio, al considerar» desproporcionado» que se exigiera el nivel B2 de catalán.
En su sentencia, la sala contencioso administrativa del TSJC desestima el recurso que presentó el Ayuntamiento de Vic contra la resolución que el pasado mes de octubre dictó un juzgado de Barcelona, a raíz de una demanda presentada por Convivencia Cívica Catalana.
El juez anuló las bases del concurso, que establecían la obligatoriedad de certificar el B2 de catalán y superar una prueba oral y escrita obligatoria, al considerarlas «discriminatorias», y estimó desproporcionado que se exigiera ese nivel para un trabajo manual que no requiere «interacción lingüística».
El TSJC ha avalado la sentencia del juzgado de Barcelona, al considerar que «aborda de forma completa y con rigor sustantivo el debate que enfrenta a las partes», desde la perspectiva de la proporcionalidad en la exigencia de conocimiento del catalán.
En un comunicado, Convivencia Cívica Catalana ha aplaudido la sentencia, que en su opinión es «especialmente contundente al señalar que elevar artificialmente el nivel de catalán exigido, sin justificación funcional, constituye una restricción ilegítima del acceso al empleo público».
«No se trata de una mera irregularidad administrativa, sino de una vulneración directa de derechos fundamentales», añade la entidad. EFE
