El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender cautelarmente a Álvaro García Ortiz como fiscal general del Estado tras enviarle a juicio por la presunta filtración contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, tal y como pedía una acusación popular, explicando que hay un «vacío legal» que le impide hacerlo, razón por la cual ha remitido el asunto a la Inspección Fiscal del propio Ministerio Público para que lo estudie.
Así lo expone el instructor del caso, Ángel Hurtado, en el auto dictado este martes para abrir juicio oral a García Ortiz, respondiendo a la petición formulada por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), que ya había rechazado en otras dos ocasiones.
El propio Hurtado dice que hay un «vacío legal» que le impide acordarlo porque la norma que regula la suspensión de los fiscales, el artículo 145.1 del Reglamento Orgánico del Ministerio Fiscal, no prevé que deba aplicarse al jefe del Ministerio Público.
Dicho precepto establece que «la persona titular de la Fiscalía General del Estado (FGE) podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad, previa audiencia del interesado y de la Comisión Permanente del Consejo Fiscal, la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal», indicando que «se acordará en todo caso» cuando se abra juicio oral por un delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas.
Hurtado cita a una resolución suya del pasado noviembre para recalcar que ese «régimen propio» del Ministerio Fiscal «deja en manos de la persona titular de la Fiscalía General del Estado» la decisión de suspender a cualquier fiscal, «en función de los casos que en él se contemplan», por lo que el magistrado observa en ello «un acto de naturaleza administrativa», que escapa del ámbito judicial.
Al catalogarlo de esa manera, entiende que debe seguirse «el régimen procedimental propio de esta vía» administrativa, «lo que conlleva a considerar que no corresponde a este instructor acordar la suspensión cautelar interesada».
Hurtado aduce que, «si esto es así para los miembros de la carrera fiscal, sin necesidad de entrar en el debate sobre si el fiscal general del Estado es, o no, miembro de ella, con más razón no se acordará esa suspensión» para García Ortiz.
ENVÍA EL ASUNTO A LA INSPECCIÓN FISCAL
No obstante, se muestra consciente del «contrasentido» que puede suponer que «sea él mismo», García Ortiz, «quien resuelva su propia suspensión cautelar». Por eso, remite la resolución judicial a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado, «para que, en su caso, resuelva lo que proceda» y se lo comunique.
«Si el problema es que no ha de ser el propio fiscal general del Estado el que resuelva sobre su propia suspensión, por estar siendo investigado en la presente causa, en ella debieran articularse los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya, si esta alternativa se considerase viable en esa vía (administrativa) y que hay alguna forma de cubrir tal vacío legal», apunta.
Sin embargo, fuentes fiscales consultadas por Europa Press entienden que el Reglamento no es aplicable a García Ortiz porque está destinado a los miembros de la carrera fiscal y el fiscal general del Estado no tiene esta consideración mientras ostenta el cargo, al tiempo que auguran que lo previsible es que la Inspección Fiscal responda en ese sentido.
«No tiene vuelta de hoja. No se le aplica el Reglamento», aseguran algunas voces críticas con García Ortiz, al tiempo que enfatizan que el cuerpo normativo no previó este caso porque «cuando se redactó jamás se pensó en el escenario de que el fiscal general del Estado, el máximo garante de la ley, acabara en un banquillo».
SIN CAMBIO EN LAS POSICIONES
De hecho, recuerdan que podría haberse dado «el disparate» de que García Ortiz hubiera tenido que suspender a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, si Hurtado también hubiera abierto juicio oral en su contra –algo de lo que la libró al Sala de Apelación al admitir su recurso y archivar la causa para ella– mientras que él podría haber seguido en el cargo.
Fuentes consultadas aseguran que ese escenario podría haber pesado sobre el fiscal general, si bien en estos momentos, como único acusado sentado en el banquillo, las posiciones se mantienen. El pasado 9 de junio, cuando Hurtado procesó a García Ortiz, situándole a un paso del juicio, la Fiscalía informó de que reiteraba su inocencia y se reafirmaba «en su compromiso de continuar defendiendo la actuación y la integridad de la institución que representa al frente de la misma».
Ya se pronunció de esta forma el 16 de octubre de 2024, cuando el Supremo le encausó y, desde entonces, ha defendido que, si dimitiera por lo que cree que fue desmentir un «bulo», debilitaría a la Fiscalía y la dejaría a merced de futuros ataques.