
La esquiadora bielorrusa Hanna Huskova, medallista de oro en los aéreos de los Juegos de Invierno de Pyeongchang 2018, integró el grupo de atletas que impulsó el recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) para habilitar la presencia de competidores rusos y bielorrusos en las competencias previas a los Juegos Olímpicos de Invierno de 2026 en Milán-Cortina. Según reportó el medio original, el TAS resolvió aceptar de manera parcial la apelación presentada contra la Federación Internacional de Esquí (FIS), permitiendo que deportistas de estos países participen bajo estatus de neutralidad en la fase de clasificación olímpica.
El comunicado confirmado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo informó que los deportistas rusos y bielorrusos de esquí y snowboard podrán tomar parte en las pruebas clasificatorias siempre que cumplan los requisitos de elegibilidad correspondientes al Atleta Neutral Individual (AIN), establecidos por el Comité Olímpico Internacional (COI). El propio TAS detalló que estas pautas de neutralidad deben respetarse para conceder la autorización, medida que alcanza tanto a atletas como a paratletas que integraron la demanda, según reportó el medio de origen.
La decisión del tribunal internacional se produjo luego de que las federaciones de Rusia y Bielorrusia, junto con varios atletas y paratletas, presentaron sendos recursos para impugnar la normativa establecida por la FIS en octubre. En aquella resolución, la Federación Internacional de Esquí había determinado que no permitiría a deportistas rusos o bielorrusos competir como Atletas Individuales Neutrales (AIN) en las competencias clasificatorias rumbo a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno de 2026.
Si bien el COI autoriza la presencia de deportistas rusos y bielorrusos bajo bandera neutral tanto en París 2024 como en otros eventos, la ejecución de este criterio depende de cada federación internacional. Así, la FIS mantenía una postura restrictiva hasta la intervención del TAS, informó la fuente.
Entre las solicitudes elevadas ante el tribunal no solo se encontraba la petición para habilitar a los atletas bajo formato neutral en las pruebas clasificatorias, sino también la demanda de permitir la participación de otros atletas, personal de apoyo y funcionarios de esos dos países en futuras competiciones. Según mencionó el medio original, el TAS desestimó esos otros pedidos al no encontrar fundamento suficiente para modificar la exclusión vigente hacia personal, técnicos y directivos rusos y bielorrusos.
La implicancia principal de esta resolución radica en que aquellos deportistas de Rusia y Bielorrusia que logren satisfacer los criterios de neutralidad y elegibilidad impuestos por el COI tendrán la oportunidad de buscar su clasificación hacia los próximos Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Invierno, siguiendo el proceso vigente para otros países. No obstante, los mecanismos de supervisión y la responsabilidad sobre la implementación práctica de las disposiciones recaerán en la Federación Internacional de Esquí, así como en las instancias organizadoras de los eventos clasificados.
Según consignó el medio, el COI, en su política global, mantiene la apertura a atletas bajo condición de neutralidad institucional, retirando símbolos nacionales y vetando expresiones o banderas de Rusia y Bielorrusia en las competiciones, como parte de las medidas adoptadas tras la invasión rusa de Ucrania.
La determinación del TAS se suma a antecedentes recientes que afectan la participación internacional de atletas y personal ruso y bielorruso en diversos deportes. Al mantener la más alta autoridad en arbitraje deportivo, el Tribunal ha intervenido en diferendos relacionados con la interpretación y alcance de las políticas de neutralidad impulsadas por organismos rectores del deporte mundial. La resolución actual representa una interpretación que concede prioridad al estatus individual de los deportistas que cumplen condiciones estrictas, sin modificar las restricciones impuestas a equipos oficiales, dirigentes y técnicos.
De acuerdo con la información difundida, el impacto inmediato de esta decisión se verá reflejado en los próximos calendarios de pruebas de esquí y snowboard clasificatorias, en que los atletas rusos y bielorrusos aspirantes podrán competir por plazas olímpicas, siempre en calidad de neutros y bajo una rigurosa revisión de su cumplimiento de las reglas del COI.
Además, el medio señaló que el proceso judicial ante el TAS evidenció la importancia de la vía arbitral para resolver disputas relativas a los derechos de participación internacional de personas afectadas por decisiones federativas, en un contexto en que el deporte y la política continúan cruzándose a escala global.
