Almería, 28 may (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ordenado al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) que deposite y publique la normativa urbanística incluida en el documento técnico enviado por el consistorio el pasado 4 de abril, en el marco de la ejecución de la sentencia que obliga a clasificar como no urbanizable el paraje de El Algarrobico.
En una providencia, a la que ha tenido acceso EFE, el alto tribunal andaluz da un mes al consistorio para ello y señala que ninguna de las partes personadas en la causa (Gobierno andaluz, Greenpeace y Azata) ha formulado reparo alguno al contenido del citado documento, elaborado por el técnico municipal del Ayuntamiento de Carboneras para cumplir dicho fallo judicial.
La Sala acuerda que se lleve a efecto el depósito en el Registro de Bienes Inmuebles de la Junta de Andalucía y publicación de la normativa urbanística que integra dicho documento técnico en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Almería, “al igual que se realizó el depósito y publicación de la normativa urbanística que ha sido corregida en ejecución de sentencia”.
Asimismo, el tribunal requiere expresamente al Ayuntamiento de Carboneras para que informe del cumplimiento de este trámite en el plazo máximo de un mes.
El Ayuntamiento había remitido el documento técnico el 4 de abril de 2025, mediante una comunicación oficial firmada por el alcalde Salvador Hernández (Cs).
Dicho documento responde a los requerimientos efectuados por la Sala en una providencia anterior, de diciembre de 2024, en la que se exigía una adaptación urgente del PGOU para dar cumplimiento íntegro a la sentencia que desde hace años obliga a declarar como no urbanizables los terrenos de El Algarrobico, en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar.
El tribunal señala en su resolución que el trámite de publicación debe realizarse en los mismos términos que se siguieron para la normativa corregida previamente en el marco de la ejecución de la sentencia.
Por último, el TSJA recuerda que contra esta providencia cabe la posibilidad de interponer recurso de reposición ante la propia Sala, mediante escrito presentado en un plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al de su notificación.
El proceso judicial en torno a la clasificación urbanística de El Algarrobico se remonta a más de una década, y ha dado lugar a múltiples resoluciones tanto judiciales como administrativas que han concluido, como argumenta la Junta de Andalucía, que los suelos del sector ST-1, donde se levanta el hotel de Azata, deben ser considerados no urbanizables desde al menos 1994. EFE
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