SORIA 26 MAY (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la sentencia de Audiencia Provincial de Soria que condenaba a un varón de 21 años a cinco años de prisión por agredir sexualmente a una menor de 14 en un domicilio de la capital soriana.
El fallo de la Audiencia soriana confirmado por la Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, además de mantener la citada pena privativa de libertad incluye la inhabilitación especial del condenado para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad y a la pena de prohibición de acercarse a la víctima a menos de 300 metros.
También se mantiene la prohibición de comunicarse con ella directa o indirectamente por cualquier medio por diez años, que será cumplida de forma simultánea con la pena de prisión impuesta, mientras que en concepto de responsabilidad civil, el condenado indemnizará a la menor con 10.000 euros y las costas del juicio.
La sentencia ve probado que víctima y acusado se encontraban junto a otros dos amigos en la vivienda del procesado, en la ciudad de Soria, cuando comenzó a besar con fuerza a la menor, «quedando ella sorprendida por esta acción ya que en otras ocasiones ya le había dicho que no quería tener nada con él, constando mensajes previos de WhatsApp en ese sentido».
La menor le dijo en varias ocasiones que parase hasta que «el procesado la cogió en brazos y la llevó por la fuerza al dormitorio», con lo que el fallo ahora ratificado entiende probado que la víctima incidió de forma clara y rotunda que no prestaba su consentimiento a los actos de contenido sexual, utilizando el acusado su fuerza para continuar con sus objetivos.
En cuanto al recurso, la sala ha destacado que «carece de relevancia que la menor pudiera tener un comportamiento contradictorio, por el hecho de rechazar en los mensajes tener relación sexual con el acusado y al mismo tiempo acudir con una amiga al domicilio de este último».
Como consecuencia de estos hechos, la menor presentó un estado de gran ansiedad, problemas de sueño, «rechazo al propio cuerpo y al contacto con personas del sexo masculino, teniendo incluso que cambiar de colegio. De hecho, los primeros meses posteriores estuvo muy desconcentrada en sus estudios y con gran apatía, fruto del gran temor hacia procesado, por lo que ha tenido que recibir tratamiento psicológico por estos hechos».
Contra la resolución cabe recurso de casación en el plazo de cinco días ante la sala segunda del Tribunal Supremo.