La sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense que condenó a tres años de cárcel a una mujer por estafar a su tío de 86 años, que padecía un deterioro cognitivo de tipo vascular, al hacerse con todos sus ahorros e ingresarlo en una residencia de ancianos, lugar donde falleció.
Además, deberá abonar 43.020 euros al hijo de la víctima en concepto de responsabilidad civil. El tribunal declara probado que la acusada aprovechó la condición de su tío y el estado de vulnerabilidad en el que se encontraba, así como del hecho de que su único hijo vivía en el extranjero, para llevarlo a vivir con ella y con su marido cuando el hombre, tras sufrir un síncope, salió del hospital.
Los magistrados explican en la sentencia que, durante las siguientes semanas, la investigada convenció a su tío para que acudiera con ella al notario y la nombrara apoderada con amplias facultades y para hacerla titular de su cuenta corriente, de manera que la acusada pudo acceder a todo su dinero.
Cuando al anciano le concedieron la incapacidad, la sobrina se convirtió en su tutora e ingresó a su tío en una residencia de ancianos, donde la víctima falleció.
El tribunal indica que, aunque no hay prueba directa, «es incuestionable que a partir del momento en que el acusado pasó a vivir con su sobrina, con la capacidad sustancialmente disminuida, conforme se acreditó, se produce una alteración de los patrones de actuación financiera de este».
«Y no solo por las disposiciones efectuadas, sino también por los actos de apoderamiento con amplias facultades que hace en favor de la apoderada», señala.
También considera propio aclarar que el hijo de la víctima tenía dificultades para contactar con su padre durante todo ese tiempo, «como si la denunciada ocultara todo lo que estaba sucediendo».