La proximidad del 17 de agosto, fecha en que se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín, genera interrogantes sobre si habrá un fin de semana largo en la Argentina. Este 2025, cae un domingo, lo que llevó al Gobierno a establecer el viernes 15 como un día no laborable con fines turísticos.
La ley 27.399 ―que regula el establecimiento de feriados nacionales y fines de semana largos― otorga al Gobierno nacional la facultad de designar hasta tres feriados o días no laborables al año con el objetivo de fomentar el turismo. Estos días deben coincidir con los lunes o viernes para crear fines de semana extendidos. En este contexto, el Poder Ejecutivo ha determinado que el viernes 15 de agosto será un día no laborable.
Esto significa que algunas personas podrán disfrutar de un fin de semana largo en agosto. Esto se debe a que, como se trata de un día no laborable y no un feriado, el empleador define si les da el día libre a sus trabajadores o si estos deben asistir a sus puestos de trabajo en esa jornada.
Es importante destacar que esta medida busca impulsar el turismo interno, ofreciendo a los argentinos la posibilidad de realizar escapadas y disfrutar de actividades recreativas durante un fin de semana extendido. Sin embargo, el impacto real de esta medida dependerá de la decisión de cada empleador respecto a si otorga o no el día no laborable a sus empleados. Para quienes se pueden tomar el 15 de agosto, el período de extendido de descanso es de tres días.
En tanto, solo pueden aprovechar el 17 de agosto quienes trabajan los domingos. Si bien es un feriado trasladable en la Argentina, este año no se moverá. La normativa mencionada indica que solo se pueden trasladar si caen un día de semana: aquellos asuetos que coincidan con los días martes y miércoles se trasladan al lunes anterior, mientras que los que coincidan con jueves y viernes se trasladan al lunes siguiente. Sin embargo, no hay disposiciones para los feriados que caen en fin de semana, por lo que en este caso se mantendrá en su fecha original.
Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables
La ley 20.744 o de Contrato de Trabajo precisa en el artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Mientras que en el 182 explica que los días no laborales son optativos para el empleador.
En el caso de los feriados nacionales rigen las normas de descanso dominical. Es decir, que, en caso de que el empleado preste sus servicios durante el feriado, deberá cobrar el doble de una jornada habitual. Mientras que en los días no laborales, el empleador tendrá la opción de elegir si se trabaja y, si decide hacerlo, el empleado percibirá su salario simple.
En resumen, el feriado nacional deberá abonarse el doble de una jornada habitual, mientras que en un día no laborable su remuneración es como la del salario simple.
El calendario completo de feriados nacionales que quedan de 2025 en la Argentina
Agosto
- Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se trasladaría del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable)
Diciembre
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.