El viernes 26 de septiembre de 2025, el Departamento de Estado de Estados Unidos anunció la revocatoria de la visa de ese país al presidente colombiano Gustavo Petro.
Según comunicó el gobierno estadounidense, la decisión obedeció a las declaraciones del mandatario nacional durante una protesta en contra del genocidio en Gaza, que se realizaba en Nueva York, cerca a la sede de las Naciones Unidas.
Durante su itnervención, el mandatario colombiano instó públicamente a los militares estadounidenses a desobedecer las órdenes del presidente Donald Trump y detener sus operaciones en la franja de Gaza, en medio de la ofensiva del gobierno de Benajmin Netanyahu contra el grupo terrorista Hamas.
Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Channel
“Hoy (26 de septiembre), el presidente colombiano Gustavo Petro se paró en una calle de Nueva York e instó a los soldados estadounidenses a desobedecer órdenes e incitar a la violencia. Le revocaremos la visa a Petro por sus acciones imprudentes e incendiarias”, según informó el organismo en su cuenta de X.
Ante esta situación, varios sectores políticos, empresariales y sociales del país han reaccionado a la revocatoria del documento al jefe de Estado colombiano.
Mientras que algunos celebraron la decisión de la administración de Donald Trump, otros salieron en respaldo de las acciones realizadas por el primer mandatario de los colombianos.
En medio de la polémica algunos indagaron sobre la posibilidad de que el presidente Petro y otros connacionales, a quienes también les fue revocada su visa puedan anular lo determinado por la Casa Blanca.
Apelación de revocatoria
Según menciona el Departamento de Seguridad de Estados Unidos, las personas que consideren que fue injusta la revocación de su visa pueden apelar la decisión.
“Una apelación es una petición para que una autoridad diferente revise una decisión desfavorable. Usted puede apelar ciertas decisiones de Uscis a la Oficina de Apelaciones Administrativas de Uscis (AAO) o la Junta de Apelaciones Casos de Inmigración (BIA), una oficina dentro del Departamento de Justicia”, señaló la entidad norteamericana.
Para ello, el organismo indica que dicha apelación se debe presentar en el formulario I-290B (“Notificación de Apelación o Moción”) o el Formulario EOIR-29 si se trata de apelaciones relacionadas con el Formulario I-130, el cual tiene un plazo establecido de 30 días después de la notificación.
Posteriormente, el organismo estadounidense aseveró que la decisión final sobre su apelación podría tomar más de 180 días (6 meses). “Podría necesitarse documentación adicional para completar el expediente o el caso podría ser más complejo y requerir evaluación adicional”, indicó el Departamento de Seguridad.
Waiver o Perdón migratorio
No obstante, también existe el mecanismo denominado Waiver o perdón migratorio, que consiste en una solicitud formal que una persona presenta ante las autoridades migratorias de Estados Unidos para que se le permita superar ciertos impedimentos de inadmisibilidad o descalificación, como la presencia ilegal en el país, fraude migratorio, delitos, entre otros.
Según el departamento de Seguridad de EE.UU., existen diferentes tipos de waiver según la inadmisibilidad, y cada uno tiene requisitos específicos. Uno de los más comunes es el Formulario I-601 (“Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad”).
Para que se otorgue el perdón, generalmente, el solicitante debe demostrar que la negativa a permitir su entrada causaría un sufrimiento extremo a un familiar inmediato que sea ciudadano o residente legal permanente de EE.UU.
El trámite implica presentar el formulario correspondiente, el pago de una tarifa y la aportación de documentos probatorios que justifiquen la situación. El proceso de obtención del perdón puede demorar entre 6 y 24 meses, aunque en ocasiones el plazo puede extenderse aún más. La confirmación final del perdón corresponde al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis).
La gestión adecuada de los trámites y el cumplimiento de los plazos de estadía resultan esenciales para evitar la revocación de la visa y la necesidad de iniciar un proceso de perdón migratorio ante las autoridades estadounidenses.
Si no es viable apelar, las autoridades recomiendan presentar una nueva solicitud de visa, teniendo en cuenta que, desde septiembre de 2025, hay cambios importantes en este proceso, como la obligatoriedad en la asistencia a una entrevista presencial para todas las edades, así como el pago de una tarifa adicional de USD $250 (Visa Integrity Fee), además de los costos tradicionales de la visa.