
Con la llegada de diciembre, millones de pensionistas esperan la tradicional paga extra de Navidad, un ingreso adicional que se suma a la mensualidad ordinaria y que también se repite cada verano. Sin embargo, no todos los pensionistas tendrán esta gratificación en 2025.
La gran mayoría de las pensiones contributivas y no contributivas en España se abonan en 14 pagas al año, con dos extraordinarias en junio y noviembre. Pero existen excepciones: determinados beneficiarios de pensiones derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional no perciben paga extra de Navidad ni la de verano, porque ya la tienen integrada dentro de sus 12 mensualidades ordinarias.
Esto no significa que cobren menos, sino que la cuantía total anual de su pensión se distribuye de forma diferente. En la práctica, su pensión mensual es algo más alta que la de otros jubilados, ya que incluye la parte proporcional de esas dos pagas extra.
¿Quiénes se quedan sin paga extra?
Los pensionistas que no recibirán paga extra este año son los beneficiarios de pensiones de incapacidad permanente derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional y los perceptores de pensiones de muerte y supervivencia (viudedad, orfandad o pensión a favor de familiares) cuando el fallecimiento del causante se deba a accidente laboral o enfermedad profesional.
En todos estos casos, la Seguridad Social abona la pensión en 12 mensualidades, sin pagas adicionales en junio ni noviembre, porque las pagas extraordinarias ya están prorrateadas en el cálculo de la pensión.
Por el contrario, quienes reciben una pensión de incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, o una pensión de viudedad u orfandad por enfermedad común o accidente no laboral, sí cobran 14 pagas al año, igual que las pensiones de jubilación y las no contributivas.
¿Por qué estas pensiones se pagan en 12 mensualidades?
La razón está en cómo se calcula la base reguladora de estas pensiones derivadas de contingencias profesionales. En los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, las pagas extraordinarias ya se tienen en cuenta al determinar la base reguladora, por lo que el importe anual de la pensión se divide directamente entre 12 mensualidades.
Dicho de otro modo, los beneficiarios no pierden dinero, sino que reciben cada mes una cuantía algo más elevada, al haberse incluido las pagas extras en el cálculo mensual.
Para determinar la base reguladora de una pensión de incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional, se tienen en cuenta los salarios del año anterior al accidente, incluyendo: el salario base diario y la antigüedad, multiplicados por 365 días; el total de las pagas extraordinarias, beneficios o participaciones obtenidos durante el año anterior, y las retribuciones complementarias y horas extraordinarias del año previo, prorrateadas en función de los días trabajados.
A partir de esa base reguladora, se aplica un porcentaje en función del grado de incapacidad: el 100% en casos de incapacidad permanente absoluta (cuando la persona no puede desempeñar ningún tipo de trabajo); el 55% para incapacidad permanente total (cuando no se puede ejercer la profesión habitual), y el 75% en casos de incapacidad permanente total cualificada (mayores de 55 años con dificultad para trabajar en otra profesión).
Además, si el beneficiario necesita ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida diaria, se añade el complemento de gran invalidez, calculado sobre un porcentaje adicional de la base de cotización.
Pensiones de viudedad y orfandad por accidente laboral
El mismo principio se aplica a las pensiones de viudedad y orfandad derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional. En estos casos, la base reguladora también incluye las pagas extraordinarias, lo que implica que la pensión resultante se abone en 12 mensualidades sin extras, aunque el importe anual sea equivalente al de quienes sí las perciben en dos pagos adicionales.
Aunque estos pensionistas no reciben una paga extra en diciembre, no salen perjudicados económicamente. El total anual de su pensión es el mismo que el de quienes cobran 14 pagas, simplemente se reparte de forma diferente.
La diferencia más visible es psicológica: mientras la mayoría de los pensionistas perciben un ingreso adicional en Navidad y verano, los beneficiarios de pensiones por contingencias profesionales reciben esa misma cantidad fraccionada cada mes. En definitiva, su pensión mensual es más alta, pero sin “pagas extra” como tal.