Guía para patrocinar a un hermano para que obtenga la green card si eres ciudadano estadounidense

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Las leyes migratorias de EE.UU. permiten que un ciudadano estadounidense patrocine a una persona por su parentesco, como un hermano, para que obtenga la residencia permanente legal, también conocida como green card. Este proceso se puede iniciar tanto si el familiar está físicamente en el país norteamericano o fuera.

Así se puede patrocinar a un hermano para que obtenga la green card

Como requisito principal, el ciudadano debe ser mayor de 21 años y puede solicitar el ingreso para un familiar inmediato, como su cónyuge, hijos o padres. A través del patrocinio, otros parientes también pueden pedir la residencia.

Los ciudadanos estadounidenses pueden presentar una petición de visa de inmigrante para el cónyuge, hijo o hija, padre, y hermano o hermana

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) indica que existen estás categorías de “inmigrantes con preferencia familiar”:

  • Primera preferencia (F1): hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o mayores) de ciudadanos estadounidenses.
  • Segunda preferencia (F2A): cónyuges e hijos (solteros y menores de 21 años) de residentes permanentes legales.
  • Segunda preferencia (F2B): hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o mayores) de residentes permanentes legales.
  • Tercera preferencia (F3): hijos e hijas casados ​​de ciudadanos estadounidenses.
  • Cuarta preferencia (F4): hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses.

El trámite para pedir la residencia de un familiar en EE.UU.: requisitos y formularios

El Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, se utiliza para establecer la relación calificada con un pariente elegible (beneficiario) que desea entrar o permanecer en Estados Unidos y solicitar la green card.

Cuando el familiar ya se encuentra en EE.UU. y hay una visa de inmigrante disponible, puede solicitar la residencia al presentar también el Formulario I-485.

Sin embargo, algunos familiares deben esperar a que haya un número de visa disponible antes de poder presentar el formato o solicitar el permiso en una embajada o consulado mediante el trámite consular (fuera de EE.UU.). Solo los familiares inmediatos tienen siempre una visa de inmigrante disponible.

La green card es el documento de identidad que permite a los no ciudadanos vivir y trabajar de forma permanente en los Estados Unidos

Cuando se complete el formulario de petición, se debe seleccionar solo una opción en la Parte 4 (Pregunta 61 o 62) para indicar si el beneficiario solicitará el ajuste de estatus o el trámite consular.

¿Cuánto cuesta el trámite de la green card por preferencia familiar?

El lugar de presentación del Formulario I-130 dependerá de dónde vive el peticionario y si se presenta en conjunto con el I-485.

El costo del trámite de Petición para Familiar Extranjero es de:

  • US$675, para el proceso por correo postal.
  • US$625 en línea.

La presentación del Formulario I-485 tiene un costo de:

  • US$1440, presentación general.
  • US$950, para los menores de 14 años que presenten el formato al mismo tiempo que sus padres.

En el caso del trámite consular, se debe considerar el costo de la visa de inmigrante.

Qué significa ser patrocinador de un familiar inmigrante extranjero

Entre los requisitos que se deben aprobar para obtener la green card por relación familiar, el ciudadano estadounidense deberá fungir como patrocinador, que significa que debe demostrar un ingreso económico que le permita apoyar al extranjero durante su estancia en el país y no es probable que dependan del gobierno de Estados Unidos.

Las Guías de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos se utilizan para completar el Formulario I-864

La página de Uscis precisa que el peticionario deberá presentar el Formulario I-864, Declaración jurada de apoyo. Acerca del formato, el organismo explica que se trata de un contrato que firma una persona para usar sus recursos financieros para respaldar al inmigrante que se designa en la declaración jurada.

En algunos casos, se permite un “patrocinador conjunto”, que es alguien que desea aceptar con el peticionario la responsabilidad legal de apoyar a un migrante económicamente y debe cumplir con todos los requisitos, al igual que el sponsor principal, con excepción de que no tiene que ser familiar del beneficiario.

En caso de que el familiar cuente con los recursos suficientes para su manutención, sin depender de apoyos del gobierno de Estados Unidos, se debe presentar el Formulario I-864EZ.

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