Iván Name y Andrés Calle recibieron sobornos para facilitar trámite y aprobación de reformas del Gobierno Petro, confirma acusación de la Corte Suprema

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Según el escrito de acusación de la Corte Suprema, los expresidentes del Congreso, Iván Name y Andrés Calle, habrían recibido sobornos millonarios para facilitar reformas del Gobierno - crédito Ungrd/Colprensa

El proceso judicial que involucra a los expresidentes del Senado y la Cámara Iván Name y Andrés Calle alcanzó un nuevo punto de inflexión tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de llamarlos a juicio por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).

De acuerdo con el escrito de acusación, ambos habrían recibido sobornos de 3.000 y 1.000 millones de pesos, respectivamente, con el objetivo de facilitar la aprobación de reformas clave impulsadas por el actual Gobierno.

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La investigación, que consta de un expediente de 299 páginas al que tuvo acceso y fue revelado por Cambio, detalla cómo los legisladores se habrían convertido en el eslabón final de una cadena de acuerdos entre altos funcionarios, entre ellos los exdirectivos de la Ungrd, Olmedo López y Sneyder Pinilla; el entonces director del Dapre, Carlos Ramón González; y la exconsejera para las Regiones, Sandra Ortiz.

Todos estos funcionarios se encuentran bajo medida de aseguramiento, a excepción del exdirector del Dapre, Carlos Ramón González, que se encuentra prófugo de la justicia en Nicaragua.

La Corte Suprema llama a juicio a Iván Name y Andrés Calle por presunta corrupción en la Ungrd - crédito Carlos Ortega/EFE

Según la Sala de Instrucción de la Corte Suprema, no existen dudas sobre la aceptación de la coima por parte de Iván Name, quien, en su calidad de presidente del Congreso, habría recibido 3.000 millones de pesos en efectivo para facilitar el trámite y la aprobación de proyectos de ley presentados por el Gobierno, en particular la reforma al sistema de salud y la reforma pensional.

La acusación sostiene que, aunque Name no ejecutó acciones concretas en el Congreso para favorecer estas reformas, la comisión del delito de cohecho impropio se configura por el solo hecho de haber aceptado el dinero.

“Facilitara el trámite y aprobación de los proyectos de ley presentados por el actual Gobierno, en concreto la reforma al sistema de salud y del sistema pensional”, se observa en el documento.

La entrega de los fondos a Name, según la acusación, se realizó en dos pagos de 1.500 millones de pesos cada uno, los días 12 y 13 de octubre de 2023, en su residencia en Bogotá.

La responsable de la entrega habría sido Sandra Ortiz, entonces consejera para las Regiones. Por su parte, Andrés Calle habría recibido 1.000 millones de pesos de manos de Sneyder Pinilla, subdirector de la Ungrd, en su apartamento en Montería.

El origen de estos recursos se rastrea hasta un préstamo otorgado por el prestamista Pedro José Castro Espinosa, que fue reembolsado posteriormente con fondos desviados de un contrato de la Ungrd por 46.800 millones de pesos destinado a la adquisición de 40 carrotanques para abastecer de agua a La Guajira.

La Corte Suprema subraya que la conducta de Name y Calle incrementó el riesgo patrimonial para la UNGRD, ya que permitió que Olmedo López y Sneyder Pinilla diseñaran una contratación direccionada e ilegítima, lo que derivó en un sobrecosto que facilitó la entrega de una coima superior a 5.000 millones de pesos. De ese monto, 4.000 millones fueron finalmente entregados a los congresistas.

“La posible ocurrencia de comportamientos como el cohecho impropio, como quiera que esta infracción es un delito de mera conducta y no de resultado, lo que implica que una conducta adversa de Name Vásquez frente al trámite y aprobación de los proyectos de ley presentados, no necesariamente es indicativa de que este sea ajeno al presunto atentado contra la administración pública”, dice en el documento revelado por Cambio.

El expediente judicial también revela que la motivación esencial de los pagos era que Name facilitaría el trámite de las iniciativas gubernamentales y que Calle continuaría apoyando dichas reformas. La Sala de Instrucción enfatizó que ambos legisladores, pese a su formación académica y conocimiento de la ley, optaron por participar en un pacto ilegal que afectó la moralidad administrativa.

Un elemento central en la acusación es la declaración de Olmedo López, que afirmó que la orden de entregar las sumas millonarias provino de Carlos Ramón González, entonces director del Dapre. López detalló que, para cumplir con la instrucción, recurrió a un préstamo de Pedro José Castro Espinosa, organizó el dinero en maletas y lo entregó a Name a través de Ortiz y a Calle directamente en Montería.

La defensa de Name cuestiona la validez de los testimonios, pero la Corte admite las pruebas en el proceso - crédito Corte Suprema de Justicia/Colprensa

La Corte Suprema considera probado que Name y Calle tenían pleno conocimiento de que los recursos provenían del sector público y, específicamente, del patrimonio de la Ungrd.

La presencia de ambos en un desayuno organizado por Sandra Ortiz, al que asistieron también Olmedo López y otros funcionarios, es citada como evidencia de su participación en el acuerdo para apropiarse de fondos públicos.

“La posible ocurrencia de comportamientos como el cohecho impropio, como quiera que esta infracción es un delito de mera conducta y no de resultado, lo que implica que una conducta adversa de Name Vásquez frente al trámite y aprobación de los proyectos de ley presentados, no necesariamente es indicativa de que este sea ajeno al presunto atentado contra la administración pública”, dice la Corte.

El proceso judicial también recoge los testimonios de Sneyder Pinilla y Olmedo López, que, antes de comparecer ante la justicia, ya habían realizado señalamientos en medios de comunicación y manifestado su disposición a declarar ante la Corte Suprema, incluso mientras negociaban con la Fiscalía.

La Sala de Instrucción destaca que los testimonios fueron obtenidos de manera legal y que los abogados de los acusados no presentaron objeciones sobre la validez de las declaraciones.

La defensa de Name, encabezada por el abogado Jaime Lombana, solicitó la exclusión del testimonio de Olmedo López, argumentando que el principio de oportunidad alcanzado con la Fiscalía fue inicialmente negado por un juez.

No obstante, la Sala determinó que las pruebas y el testimonio de López pueden ser utilizados contra las personas mencionadas en su declaración, incluidos Name y Calle, ya que las negociaciones con la Fiscalía fueron finalmente aprobadas.

El expediente también incluye la declaración del prestamista Pedro José Castro Espinosa, que relató cómo entregó los 4.000 millones de pesos a Pinilla en tres desembolsos realizados los días 11 y 13 de octubre de 2023 en Bogotá.

Castro explicó que el préstamo se pactó con un interés del 2,3% y que Pinilla justificó la operación con base en una resolución de desembolso del Ministerio de Hacienda por 700.000 millones de pesos a la Ungrd.

“Yo vi esto como una oportunidad de negocio, no como prestamista, sino una oportunidad de negocio. Y si era a tres meses, era para mí espectacular, y yo le dije que sí”, declaró Castro ante la Corte.

Imagen de referencia. El origen de los fondos se rastrea a un contrato de la Ungrd para carrotanques destinados a La Guajira - crédito Colprensa

La entrega del dinero se realizó en diferentes lugares: la primera en la residencia de Castro, la segunda en un parqueadero de la Plaza España y la tercera en la bahía del edificio Epicentro, donde el faltante fue entregado en bolsas de basura.

Además, el testimonio de Castro señala que Pinilla le consultó sobre la posibilidad de hacer llegar 1.000 millones de pesos a Montería, ciudad en la que Calle habría recibido el dinero, convertido previamente en criptomonedas para evitar la trazabilidad bancaria.

La acusación conecta estos testimonios con la evidencia forense extraída de los teléfonos de Olmedo López y Sneyder Pinilla, que incluye chats en los que se coordinan los encuentros para la entrega del dinero.

En uno de los mensajes, Pinilla informa a Calle: “El director me mandó para reunirme contigo. Me dices donde puedo reunirme contigo a esa hora. En un sitio. Algo reservado por favor”. Calle responde enviando la ubicación de su apartamento y Pinilla confirma que está a 26 minutos de distancia.

Tanto Name como Calle han negado su participación en los hechos. Calle sostiene que se trata de una represalia por haber citado a Olmedo López a un debate de control político, lo que, según él, motivó su implicación en el caso.

La Procuraduría respaldó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Name y solicitó que se desestimara el delito de peculado, argumentando que los fondos inicialmente provenían de un particular y no de recursos públicos.

La Procuraduría argumenta que los dineros provenían inicialmente de un particular, no de recursos públicos - crédito Colprensa

“Los dineros que llegaron a Name Vásquez y Calle Aguas provendrían, en última instancia, de un contrato direccionado de la Ungrd, pero que inicialmente fueron entregados por un particular, el señor Espinoza, a Pinilla Álvarez. Posteriormente, en acuerdo con el contratista, el señor Luis Eduardo López Rosero, se realizarían pagos indebidos a Pinilla Álvarez, que, con tal dinero, pagaría el préstamo al señor Castro Espinoza, según se desprende de los elementos recaudados. Este encadenamiento fáctico resulta determinante: la entrega inicial a los aforados provino de capital privado, lo que rompe, desde el inicio, la estructura típica del peculado por apropiación, que exige la disposición sobre bienes públicos al momento de la apropiación”, sostiene el concepto del Ministerio Público.

Finalmente, la Sala Especial de Instrucción rechazó estos argumentos, negó la nulidad por ausencia de vicios de procedimiento y decidió llamar a juicio a Iván Name y Andrés Calle.

La ponencia del magistrado Francisco Farfán contó con el salvamento de voto de la magistrada Cristina Lombana, el salvamento parcial del magistrado Héctor Javier Alarcón, la adición de voto del magistrado César Reyes, el salvamento parcial del magistrado Misael Rodríguez y la adición de voto del magistrado Marco Antonio Rueda.

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