Madrid, 24 ene (EFE).- La Asociación Plataforma Judicatura Interina (APJI) ha denunciado este viernes que la reforma de la ley de Poder Judicial que plantea el Gobierno no resolverá la situación en la que se encuentran en la actualidad cerca de mil jueces sustitutos y creen que esta propuesta es un «ERE encubierto para acabar con la judicatura interina».
Así lo ha dicho, en declaraciones a EFE, la presidenta de la APJI, Inmaculada Domínguez, que explica que la solución más efectiva sería realizar un concurso de méritos para aquellos jueces sustitutos con más de diez años de nombramiento y, para los que tengan menos antigüedad, que puedan pasar con un concurso oposición como si fuera un cuarto turno.
«No podemos exigir la convalidación automática de todos los jueces sustitutos, porque no es lo mismo un juez que lleva un año que otro que lleve veinte. Pero diez años de nombramiento ya acredita una experiencia, un mérito y una capacidad suficiente para acceder a la carrera judicial», argumenta.
Esta propuesta ya ha sido trasladada al Ministerio de Justicia, con el que llevan tres años negociando una solución a su problema, y se presentará jurídicamente motivado en el trámite de consulta pública que ya está abierto.
En un comunicado, la APJI señala que el anteproyecto de Ley para la Ampliación y Fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal prevé un concurso oposición al que tendrá acceso cualquier persona que lleve 5 años en una profesión jurídica como la abogacía, la procura o la docencia universitaria, aunque nunca haya trabajado como juez interino.
«Consideramos que dicha previsión es un fraude de ley e incumple todos los mandatos de la Unión Europea», denuncia.
Explica que para ser nombrados, las juezas y jueces sustitutos deben superar un concurso de méritos (no solo una entrevista) para después estar obligados a una total disponibilidad los 365 días del año sin percibir retribución alguna por dicha disponibilidad.
Una situación de «incertidumbre y precariedad» que se ve incrementada porque durante el año de nombramiento no pueden trabajar en nada más, con la excepción de la docencia, aunque no se les llame para trabajar en un Juzgado.
A esto se suma que solo se les abona salario y cotización en la Seguridad Social en los periodos en los que están en un Juzgado, es decir los meses que no se les proporciona trabajo no cotizan en la Seguridad Social. Esto vulnera la Directiva 70/99 y ha sido reflejado en Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Esta asociación explica que la Unión Europea ha recomendado a España que se estabilice a la judicatura interina.
«España pretende solucionarlo con un concurso oposición que abre la puerta para entrar en la carrera judicial a quienes nunca han sido juezas y jueces sustitutos y nunca han encadenado contratos temporales, lo que incumple el mandato de la Unión Europea».
Avisa de que la estabilización de la judicatura interina ha sido ordenada por Europa para acabar con el abuso de la temporalidad sobre las juezas y jueces sustitutos, no para que con la excusa de una estabilización puedan entrar en la judicatura personas que jamás han realizado dichas funciones, ni han superado el concurso para ser nombrados, ni han demostrado su idoneidad para ejercer.
Y señala que las consecuencias negativas de dicho concurso-oposición sólo afectarán a la judicatura interina: quiénes suspendan los exámenes tendrán indemnización por despido objetivo y quiénes decidan no presentarse no tendrán ni siquiera derecho a indemnización.
Advierte también de que no se ha tenido en cuenta el impacto de género a pesar de que casi un 80 % del colectivo son mujeres y más del 50 % superan los 50 años, por lo que se podría incurrir en una discriminación indirecta por razón de género y edadismo. EFE