El caso de Keren Selsy Ordóñez Hernández es un ejemplo representativo de cómo las fallas estructurales en el sistema de justicia penal en México pueden llevar a la prisión injusta de mujeres en situación de vulnerabilidad. Tras pasar casi nueve años en reclusión, el Poder Judicial del Estado de Tlaxcala ordenó su liberación absoluta el 15 de abril de 2025, al reconocer graves violaciones al debido proceso por supuestas acusaciones de secuestro. En ellas se ha incluido la obtención de pruebas mediante tortura.
De acuerdo con información del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), la magistrada Mary Cruz Ornelas fue quien determinó este fallo judicial y quien le dio fin a la historia de casi una década de atropellos legales y violencia institucional contra la víctima.
Detención arbitraria sin orden judicial y violaciones a derechos humanos
Keren Ordóñez fue detenida el 11 de diciembre de 2015 en Veracruz por agentes ministeriales de Tlaxcala sin que existiera una orden de aprehensión válida. En ese momento, se encontraba con su hija recién nacida, pues había ido con su expareja para pedirle dinero para comprarle pañales, sin embargo, las autoridades lo detuvieron a él, a ella a su recién nacida y otra persona más. Durante el actuar de las fuerzas de seguridad, fue obligada a firmar una confesión bajo amenazas, lo que más tarde se convirtió en la principal prueba en su contra.
Estos hechos, según resolvió el juez que ordenó su liberación, constituyeron una clara violación al Artículo 20 de la Constitución Política y a tratados internacionales en materia de derechos humanos ratificados por México.
Irregularidades en el juicio y discriminación estructural
El juicio contra Keren estuvo marcado por la omisión de protocolos ante denuncias de tortura y la ausencia de una perspectiva de género. Mientras su expareja —vinculado al mismo caso— recuperó su libertad tras cumplir una condena menor, ella fue sentenciada a 50 años de prisión sin que se valoraran adecuadamente las circunstancias de su detención ni su contexto como madre joven y mujer sin recursos.
En 2021, el Centro Prodh asumió la defensa legal de Keren e inició una ruta jurídica con enfoque de género y derechos humanos. Ese mismo año, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) hizo un llamado público a revisar su caso:
“El caso de Keren Selsy refleja múltiples formas de violencia institucional, incluyendo la criminalización basada en prejuicios de género. Es fundamental que las autoridades judiciales mexicanas revisen este tipo de casos con enfoque diferenciado y garanticen procesos justos que no perpetúen estigmas ni desigualdades”, señaló el órgano en ese momento.
Tres años después, más de 15 mil personas firmaron una petición para exigir su liberación, la cual fue entregada al Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala. Esta movilización ciudadana fue clave para que el caso adquiriera relevancia pública.
El fallo judicial y su relevancia para la justicia en México
La resolución emitida por un juez de Tlaxcala el 15 de abril de 2025 determinó que no existían pruebas válidas para sostener la condena. En ese sentido, se estableció que la confesión de Keren fue obtenida mediante tortura y que la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz incurrió en graves omisiones.
Este fallo no solo significó su libertad inmediata, sino que también sentó un precedente en el ámbito de la lucha contra la violencia institucional y la tortura en procesos judiciales. La sentencia ha sido celebrada por organismos internacionales y organizaciones de derechos humanos como un avance hacia la justicia.
Prisión injustificada en México: un problema de fondo
El caso de Keren Selsy refleja una problemática más amplia: la prisión preventiva prolongada y las condenas sin pruebas sólidas afectan de manera desproporcionada a mujeres jóvenes en contextos de pobreza. Su liberación es un paso fundamental, pero también una llamada de atención sobre la necesidad urgente de reformas estructurales en el sistema penal mexicano.