Más de 471.000 personas fallecidas aparecen como beneficiarias de servicios médicos facturados en Colombia entre 2018 y 2023, por un valor total de $2,3 billones, según un informe técnico de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres). El hallazgo, que involucra tanto al régimen contributivo como al subsidiado, evidencia graves inconsistencias en los registros del sistema de salud y plantea dudas sobre el control de los recursos públicos destinados a la atención médica.
El análisis se realizó mediante el cruce entre la Base de Datos Única de Afiliados (Bdua) y la Base de Prestación de Servicios, esenciales para calcular la Unidad de Pago por Capitación (UPC). En ese periodo, 471.480 personas registradas como fallecidas en la Bdua figuraron con servicios médicos reportados tras su muerte.
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El monto total facturado ascendió a $2,3 billones, con una concentración del 30% en 2021, equivalente a $699.480 millones. El régimen contributivo representó el 52% del gasto, mientras que el subsidiado concentró la mayor cantidad de casos.
Según la Adres, el 68% de los servicios fueron reportados entre dos y treinta días después del fallecimiento, aunque se identificaron casos extremos, como el de una afiliada a Coosalud EPS con servicios facturados 26 años después de morir. En total, se detectaron 29 personas con registros posteriores a 20 años de su fallecimiento y 4.666 con atenciones facturadas un año o más después, lo que evidencia fallas graves en la actualización de los registros y en la interoperabilidad con la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Las irregularidades también se concentraron en algunas Entidades Promotoras de Salud (EPS). Sura EPS encabezó la lista con 50.404 fallecidos y $684.969 millones facturados, seguida por Compensar EPS con $418.970 millones y Savia Salud EPS con $261.580 millones. Por tipo de servicio, el 70% correspondió a atención ambulatoria, aunque el 84% del valor total se derivó de servicios hospitalarios, como hospitalización, cirugías y atención en UCI.
Además, el informe reveló casos con impacto financiero elevado: 28 personas fallecidas tuvieron valores anuales superiores a $500 millones, y un caso particular de Coosalud EPS superó los $2.700 millones. En otro registro, 67 personas fallecidas presentaron más de 2.000 actividades reportadas en un año, lo que sugiere inconsistencias masivas en la información enviada por algunas EPS.
La Adres advirtió que estas anomalías no obedecen a errores técnicos aislados, sino a problemas estructurales en el manejo de las novedades de afiliación. Según el reporte, la coincidencia superior al 99,7% en los cruces de datos entre la Base de Prestación de Servicios y los listados de procedimientos y medicamentos confirma la confiabilidad del hallazgo. La persistencia de registros de personas fallecidas en el sistema abre la posibilidad de pagos indebidos y pone en riesgo la sostenibilidad financiera del sector salud.
Ante esto, la entidad llamó a fortalecer la interoperabilidad de las bases de datos y la depuración de los registros administrativos, como medidas urgentes para evitar el uso indebido de los recursos públicos. La información fue remitida a la Superintendencia Nacional de Salud y a los órganos de control fiscal y disciplinario para las investigaciones correspondientes.
Asimismo, se anunció la creación de un tablero de analítica pública que permitirá verificar registros y reforzar los sistemas de control, dando cumplimiento a órdenes de la Corte Constitucional sobre la depuración y auditoría del uso de la UPC.
El marco normativo ya establece obligaciones precisas. El Decreto 780 de 2016 dispone que la afiliación al sistema termina automáticamente con el fallecimiento y prohíbe reconocer pagos de la UPC por periodos posteriores. Las EPS están obligadas a reportar el fallecimiento dentro de los cinco días hábiles siguientes, pero la Adres señala demoras reiteradas atribuidas a fallas en la interoperabilidad con la Registraduría, lo que contraviene la Sentencia C-824 de 2004 que prohíbe cualquier uso indebido de los recursos públicos.
La revisión ordenada por la Corte Constitucional busca recuperar la trazabilidad y la confianza ciudadana en la gestión de los recursos de la salud. La Adres precisó que su papel es técnico y de control, no sancionatorio, y que estos hallazgos serán insumo para revisar la suficiencia de la UPC 2025, proceso liderado por el Ministerio de Salud.
La magnitud de las inconsistencias reflejadas en el informe confirma que la transparencia y sostenibilidad del sistema de salud dependen de la calidad de la información y de la capacidad institucional para garantizar controles efectivos, depuración de registros y adecuada administración de los recursos públicos.