La Audiencia Provincial de Palma ha confirmado la condena a un año de prisión al profesor Miquel Roldán por un delito de acoso contra un exalumno menor de edad.
El fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, confirma la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Palma el pasado noviembre en su práctica totalidad.
Eso implica que, pese a avalar el relato de los hechos y la condena por un delito de acoso, la Sala no prohíbe que Roldán pueda seguir ejerciendo como profesor.
El juzgado, en primera instancia, consideró que los hechos no estaban conectados con la condición de profesor de Roldán y que, por lo tanto, no se le debía aplicar la pena de inhabilitación para empleo o cargo público.
Por otra parte, los magistrados ha estimado las pretensión de la defensa de Roldán de apartar a la Comunidad Autónoma de Baleares del procedimiento penal y anular la condena en costas causadas a esta.
La Audiencia ha reconocido que los hechos, al haberse producido después de que el acusado fuese profesor del menor, no son competencia de la administración autonómica ni esta puede considerarse como perjudicada.
«Los hechos han ocurrido años después de que coincidiesen como profesor y alumno y fuera del centro escolar, por lo que no puede considerarse que el sistema educativo de Baleares sufriese un perjuicio indirecto por estos hechos», ha argumentado.
ACOSO A UN EXALUMNO
Según el relato de los hechos que fueron objetos de condena en primera instancia y que ahora ha confirmado la Audiencia de Palma, a finales de 2020 Roldán comenzó a jugar partidos de pádel con la víctima, entonces menor de edad y quien fue alumno suyo entre 2016 y 2017.
Aproximadamente un año después el menor decidió dejarse de relacionar con él y bloquearle en varias aplicaciones dado que le dirigía comentarios como «guapo, guapetón» y le proponía quedar en solitario.
No obstante, siempre según el fallo judicial, Roldán no respetó esta decisión e intentó ponerse en contacto con él y su familia de forma persistente.
El menor puso la situación en conocimiento de sus compañeros de instituto y de sus familiares, a quienes pedía que le acompañaran en todas sus salidas a causa del miedo y angustia que le generaba poder encontrarse con el condenado.
Los intentos de Roldán por contactar con el menor siguieron –llegó a decirle al padre de este que la iba a «liar gorda» si lo recibía explicaciones– hasta que la dirección del centro educativo puso los hechos en conocimiento de las autoridades.
En diciembre de 2021 un juzgado de Palma dictó una orden de alejamiento respecto de la víctima contra el profesor.
VUELTA A LA ACTUALIDAD
El caso volvió a la actualidad después de que las familias de los alumnos del CEIP Maria Antònia Salvà decidieran no llevar a sus hijos a clase en los primeros días del presente curso escolar como protesta por la presencia de Roldán en el centro.
El conseller de Educación y Universidades, Antoni Vera, dijo entender la postura de los padres pero aseguró que el Govern «no tiene potestad» para inhabilitar al docente y que «lo único que puede hacer» es implantar medidas preventivas.
No obstante, dijo, pidió al Ministerio de Educación que cambiara la ley para poder apartar a profesores en casos así, a lo que el Gobierno contestó que lo estudiaría «con el máximo rigor» pero que no contemplaba modificaciones legislativas.
El departamento dirigido por la ministra Pilar Alegría alegó la sentencia de primera instancia no contempla una pena de inhabilitación para ejercer profesiones con menores y, en consecuencia, la legislación vigente «no permite adoptar medidas que impidan al docente continuar con su actividad profesional en este momento».
Semanas después se celebró una comisión paritaria, con la participación de representantes de la administración y los sindicatos, en la que se decidió por amplia mayoría que Roldán se sometiera a una revisión médica que evalúe su disposición a seguir en contacto con menores.
No obstante, el docente alegó que se encontraba de baja médica y no podía someterse al examen hasta que esta concluya.