La guerra en la Franja de Gaza ha saltado a la Justicia española por distintas vías que discurren en paralelo. Una, en la Fiscalía, que investigará los crímenes cometidos por las fuerzas israelíes en el territorio palestino para colaborar con los tribunales internacionales; y otras en la Audiencia Nacional (AN), con una causa por la muerte dos españoles en el ataque de Hamás y pendiente de la admisión de la querella por el asalto a la Flotilla de la Libertad.
Este jueves se ha conocido que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha acordado en un decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, crear un grupo de trabajo, formado por el jefe de la Fiscalía en la AN, Jesús Alonso, y la fiscal coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, para investigar los crímenes cometidos por las fuerzas israelíes en Gaza, apuntando ya a genocidio y otros delitos de lesa humanidad.
El decreto explica que el pasado 28 de julio Delgado pidió autorización a García Ortiz para abrir diligencias de investigación, después de que la Comisaría General de Información de la Policía Nacional le enviara un informe «relativo a las acciones del ejército israelí contra la población civil en la Franja de Gaza que podrían ser contrarias al Derecho Internacional».
Según detalla el decreto, Delgado «procedió a analizar la información contenida en el informe elaborado por la unidad operativa, relativo –entre otros aspectos– al testimonio de testigos protegidos, y en el que también se aportan importantes elementos probatorios sobre las acciones y circunstancias en el terreno».
García Ortiz indica en su decreto que «los hechos que se describen serían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, constitutivas de crímenes previstos en los artículos 607 (genocidio) y siguientes del Código Penal», referidos a los delitos de lesa humanidad.
Aclara asimismo que, pese a la reforma operada en 2014 para limitar la denominada justicia universal en España, «concurren los presupuestos legales» para dar este paso. Menciona, en concreto, el artículo 23.4 p) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que «atribuye jurisdicción a los tribunales españoles respecto de ‘cualquier otro delito cuya persecución se imponga con carácter obligatorio por un tratado vigente para España o por otros actos normativos de una organización internacional de la que España sea miembro, en los supuestos y condiciones que se determinen en los mismos'».
Al hilo, recuerda los procedimientos en marcha en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y en el Tribunal Penal Internacional (TPI) respecto a los posibles crímenes internacionales cometidos por Israel en Gaza y subraya que España no solo forma parte de ambos sino que, en el caso del impulsado por Sudáfrica en la CIJ, nuestro país «decidió intervenir formalmente».
Alude también al informe publicado el pasado martes por una comisión de Naciones Unidas que califica de genocidio lo ocurrido en Gaza, urge a Israel a frenarlo y exhorta a los miembros de la ONU, incluida España, a ayudar a impedirlo por los medios que les sea posible, entre ellos «cooperar con la investigación de la Fiscalía del TPI».
García Ortiz subraya que, al margen del citado precepto de la LOPJ, la propia Constitución en su artículo 96.1 declara que los tratados internacionales «formarán parte del ordenamiento interno»; mientras que en el 10.2 establece que «las normas relativas a los derechos fundamentales y libertades se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas por España».
Así, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que el objetivo de estas pesquisas de la Fiscalía española es cooperar con el TPI. Y, como ya se hizo con la guerra en Ucrania, la intención del Ministerio Público es ayudar a recabar pruebas para ponerlas a disposición de la corte de La Haya.
«En el contexto actual, se hace necesaria la cooperación entre los estados para satisfacer las demandas de justicia y seguridad de los individuos y de la sociedad, así como para luchar contra la impunidad de manera efectiva», sostiene el decreto.
LA VÍA JUDICIAL
Antes de que la Fiscalía diera este paso, la Audiencia Nacional ya tenía en sus manos asuntos relativos a la guerra en Gaza. Días después del ataque de Hamás, el 7 de octubre de 2023, la titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3, María Tardón, abrió una investigación por la desaparición de dos españoles –Maya Villalobo e Iván Illarramendi–, en base a un informe policial.
Meses después, en abril de 2024, acumuló a esa causa una querella dirigida contra la cúpula de Hamás por la muerte de los dos españoles, por delitos de terrorismo y lesa humanidad.
La instructora, con informe a favor de la Fiscalía de la AN, se apoyó en otro apartado del artículo 23.4 de la LOPJ, según el cual los tribunales españoles podrán investigar hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, cuando el procedimiento se dirija contra un español o contra ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España. Y, terrorismo, si «la víctima tuviera nacionalidad española en el momento de comisión de los hechos».
Fuentes jurídicas afirman que la causa permanece en punto muerto debido a la dificultad de llevar a cabo una investigación con el conflicto armado en marcha, así como por la falta de cooperación.
Por otro lado, el pasado 3 de julio el activista español Sergio Toribio presentó otra querella en la AN por crímenes de guerra contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y varios responsables militares por el «asalto» al barco de la Flotilla de la Libertad, que fue abordado por el Ejército israelí cuando intentaba llegar a Gaza.
El asunto recayó en el Juzgado Central de Instrucción Número 6, dirigido por Antonio Piña, que pidió informe a la Fiscalía antes de decidir sobre la admisión. En este caso, informó el mismo julio en contra de investigar esa querella.
Fuentes fiscales precisan que en este asunto el Ministerio Público se ha opuesto en base al artículo 23.5 a) de la LOPJ, conforme al cual no se pueden perseguir delitos como los denunciados «cuando se haya iniciado un procedimiento para su investigación y enjuiciamiento en un tribunal internacional constituido conforme a los tratados y convenios en que España fuera parte».
Y en este caso se da la circunstancia de que el TPI dictó en noviembre de 2024 órdenes de arresto contra Netanyahu por los presuntos crímenes de guerra y contra la Humanidad perpetrados en el marco de la ofensiva militar sobre la Franja.
En la misma línea, la Fiscalía se opuso a investigar los altercados ocurridos durante la Vuelta Ciclista a España. A su juicio, los hechos no son competencia de la AN al no estar contenidos en ninguno de los supuestos del artículo 65 de la LOPJ, que especifica el cometido de este tribunal.
En consecuencia, el responsable del Juzgado Central de Instrucción Número 5, Santiago Pedraz, inadmitió por falta de competencia la denuncia de la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra los promotores del boicot al equipo ciclista Israel-Premier Tech en La Vuelta.
En cambio, la Fiscalía de la AN ha abierto diligencias para investigar como un presunto atentado terrorista la muerte del español Yacob Pinto en el ataque perpetrado el 9 de septiembre contra un autobús en un cruce de una de las entradas a la ciudad de Jerusalén, reivindicado por Hamás.