La Cámara de Apelaciones de La Plata suspendió la restricción que limitaba a dos las imágenes de candidatos, garantizando mayor libertad informativa en las elecciones provinciales.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata resolvió suspender la disposición de la Junta Electoral bonaerense que establecía un máximo de dos fotografías de candidatos en las boletas partidarias para las elecciones provinciales del 7 de septiembre.
La medida responde a un recurso presentado por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Guido Lorenzino, que cuestionó la validez de la restricción por carecer de fundamentos técnicos y normativos, y por considerar que podía afectar el derecho de los electores a recibir información clara, completa y accesible.
El tribunal, integrado por los jueces Claudia Milanta, Diego Ucín y Roberto Mora, sostuvo que no existía justificación para permitir dos imágenes y prohibir tres, y que la limitación podía vulnerar principios de accesibilidad electoral y transparencia democrática.
Hasta que haya una sentencia definitiva, las agrupaciones políticas podrán incluir la cantidad de fotografías que consideren necesarias, siempre dentro del tercio central de la boleta y respetando los parámetros técnicos fijados por la Junta Electoral.
Lorenzino celebró el fallo, destacando que “resguarda derechos políticos esenciales y asegura mayor transparencia e información al electorado bonaerense”.