La Justicia evalúa por estas horas concederle la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner con un régimen de reducidas restricciones, que incluyen la posibilidad de que se exprese mediante sus redes sociales o streaming, y que siga saliendo al balcón de su casa como hasta ahora, confiaron a La Nacion fuentes de los tribunales cercanas al caso. Estas condiciones son clave para determinar qué tipo de actividad podría seguir desarrollando desde su detención.
No está nada decidido y la última palabra la tendrán los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, del tribunal que impuso la condena, que firman en conjunto cualquier medida relacionada con la ejecución de la pena.
Los magistrados les pidieron a los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola que hagan un dictamen y opinen si corresponde otorgar o no esos beneficios.
Los fiscales tienen plazo hasta el martes para opinar si apoyan o se oponen a que se le conceda la posibilidad de que Cristina Kirchner queda presa en su casa.
También deben opinar sobre el pedido de arresto domiciliario del extitular de Vialidad Nelson Periotti, el del exfuncionario de Vialidad de Santa Cruz Raúl Pavesi y el del exsecretario de obras Públicas José López.
López, condenado por otras causas por sus bienes, ya que fue descubierto con 9 millones de dólares que pretendía esconder en un convento, quiere quedarse en Río Gallegos y puso a su mujer María Amalia Díaz como garante. El martes le harán un estudio médico, y luego se verá la conclusión.
Periotti alegó cuestiones de edad y de salud, al igual que Pavessi, y López adujo razones de salud mental. Como aún no se ordenaron estudios médicos, se ampliaron los plazos para que los fiscales dictaminen en estos casos.
Periotti de 80 años, quiere quedarse en su casa de San Isidro y Pavessi, de 74 en Mar del Plata.
La disposición del Código es que la condena se cumple en prisión. La excepción es que en determinadas circunstancias previstas se puede modificar esta situación.
El otorgamiento de la prisión domiciliaria no es automático. Es una modalidad de ejecución de la pena que se puede otorgar por edad (mas de 70 años), por problemas de salud que no se puedan tratar adecuadamente en un instituto penitenciario o razones familiares, por ejemplo una madre con hijos menores a su cargo.
Es una facultad del juez, que puede o no concederla. No está obligado a hacerlo.
Los fiscales están considerando establecer una serie de limitaciones en caso de dictaminen que precede la domiciliaria, pero en principio se enfrentan con el desafío de que no hay precedentes de casos parecidos. Es todo novedoso.
Están evaluando alternativas. Las razones esgrimidas por Cristina Kirchner para no estar en prisión son su seguridad, porque dijo que intramuros su vida corre peligro. Su abogado Alberto Beraldi pidió que se considere que ya sufrió un intento de homicidio, y también lo justificó a partir de su edad, ya que tiene 72 años.
Dijo que si la encierran en un penal “se le debería imponer a nuestra defendida un régimen de aislamiento absoluto y de vigilancia permanente, medidas que resultan incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales que rigen en materia de ejecución penal, los cuales prohíben que las personas privadas de su libertad ambulatoria sean sometidas a tratos crueles o inhumanos”.
Aludió Beraldi a las “Reglas de Mandela”, por el expresidente de Sudáfrica que estuvo 27 años preso, y que son reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos. Ellas prohíben “el aislamiento indefinido o prolongado”.
Para evaluar el tema de la seguridad los fiscales accedieron finalmente a los lugares que propuso el Ministerio de Seguridad para alojar a la expresidenta hasta tanto se decida si se le otorga o no la prisión domiciliaria y están evaluándolos según esta variable.
Luego está la evaluación posterior del lugar que ofreció Cristina Kirchner para cumplir la condena, su piso de San José 1111 en Constitución.
Si bien un equipo de asistentes sociales hizo un estudio ambiental del departamento y lo consideró apto para que viva, no hubo un análisis desde el punto de vista de la seguridad y el impacto en el entorno, dijeron fuentes de los tribunales.
Cuando los fiscales se pronuncien, el martes y Cristina Kirchner se presente el miércoles en Comodoro PY 2002, los jueces evaluarán si conceden o no la domiciliaria.
Por estas horas prima la idea de que la principal limitación es la libertad ambulatoria. No puede salir el departamento, excepto con un permiso, para atender, por ejemplo, cuestiones de salud.
Se analiza que no pueden restringir su acceso a Internet, a un celular o limitar su capacidad de expresarse por redes sociales o por streaming, sin violar su derecho a expresarse.
Además el delito por el que fue condenada no está vinculado con el uso de internet o esas redes, como ocurre por ejemplo con los casos pedófilos o personas que hacen ciberfraudes.
Diferente es la cuestión de las visitas, donde se analiza si corresponde poner un límite en cuanto a la cantidad de personas.
Otro asunto es la presencia policial en el departamento. Acá se conjugan la ley penitenciaria que señala que el control de los presos en prisión domiciliaria corresponde a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) con la custodia policial de los expresidentes.
El control de los presos en prisión domiciliaria no lo hacen policías o penitenciarios, sino que se realiza de manera electrónica con una tobillera. No hay presos con arresto domiciliario que sean vigilados por policías o penitenciarios parados en la puerta de su casa para que no se profuguen.
Con respecto al tema de seguridad, en los tribunales evaluaron que sería muy improbable que pudieran limitar el acceso de la expresidenta al balcón de su departamento, como hasta ahora. Ya que es dentro de su domicilio y sería una medida de control imposible.
“Nada está normado, es una situación inédita y hasta ahora las decisiones que se tomaron fueron a partir de antecedentes”, dijo un juez que suele tratar estos asuntos y que es ajeno a este caso.
Si el tribunal entiende que el departamento de Constitución puede ser apto para cumplir el arresto, pero a su vez representar un problema para el barrio o la circulación en la ciudad, puede pedir a la condenada que ofrezca otra alternativa. Ya ha ocurrido en otros casos, donde por ejemplo los condenados por drogas, por ejemplo vivían junto a un colegio.
Hay antecedentes de personas que violaron las condiciones del arresto domiciliario y terminaron presos, como Alberto Samid, que antes de que le coloquen una tobillera electrónica, se escapó a una parrilla a comer un asado y fue denunciado en redes sociales por otros comensales.
O se dieron otros casos, como el de un militar condenado por delitos de lesa humanidad, al que se le colocó una tobillera para que alerte si dejaba su casa, pero se le permitió salir a caminar alrededor de la manzana, porque su médico le indicó que debía desplazarse y tener actividad física.
O el caso de Leonardo Fariña, que estaba en libertad con una tobillera electrónica, con un amplio rango de desplazamiento permitido desde su casa en Buenos Aires. Eran unos 100 kilómetros, porque alegó que debía controlar a sus padres que estaban enfermos y vivían en La Plata.
Pero la policía lo sorprendió con un bolso con dinero cuando allanó una financiera por lavado de dinero y lo dejaron preso otra vez.
Con lo que la condiciones del régimen de prisión domiciliaria varía en cada caso es responsabilidad del juez de ejecución penal poner una serie de limitaciones que luego la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) puedan controlar.