Una nueva ley estatal comenzará a regir en Nueva Jersey a partir del 1° de junio y transformará la forma en que los empleadores publican sus vacantes y promociones. Esta normativa, que busca mejorar la transparencia en el lugar de trabajo, afectará tanto a los avisos de empleo como a los procesos internos de ascensos.
Nueva ley en Nueva Jersey: transparencia obligatoria en ascensos y promociones
Esta nueva legislación estatal, identificada como SB2310, forma parte del Capítulo 91 de los Estatutos Revisados y fue aprobada por la Asamblea General y el Senado de Nueva Jersey en noviembre de 2024. A partir del primer día de junio, las compañías que operen en el estado deberán respetar nuevos criterios al momento de comunicar oportunidades de promoción dentro de sus plantillas.
De acuerdo con el texto legal, las empresas estarán obligadas a informar de manera razonable a todos sus empleados sobre cualquier oportunidad de ascenso antes de tomar una decisión al respecto. Este requerimiento aplica tanto a las promociones difundidas dentro de la compañía como a aquellas anunciadas por medios externos, como sitios web de búsqueda laboral o folletos impresos.
Sin embargo, se establecieron ciertas excepciones:
- Los ascensos otorgados exclusivamente por años de experiencia o por desempeño no necesitarán ser anunciados previamente.
- En casos de urgencia imprevista, los empleadores podrán designar promociones sin cumplir con los plazos de notificación exigidos.
La medida pretende eliminar la opacidad en los procesos internos, al garantizar que todos los trabajadores del departamento implicado tengan acceso a las mismas oportunidades. El objetivo central es fomentar un entorno más justo, donde el crecimiento profesional no dependa exclusivamente de relaciones personales o conocimiento interno previo.
Nuevas exigencias para los avisos de empleo en Nueva Jersey: beneficios para trabajadores
Uno de los aspectos más transformadores de esta ley de Nueva Jersey radica en la forma en que las compañías deben presentar sus anuncios de nuevos puestos o transferencias. Desde el 1° de junio, los empleadores deberán incluir información precisa sobre la remuneración y los beneficios que ofrecen en cada aviso de empleo.
La norma establece que en cada publicación de vacante, ya sea interna o externa, el empleador deberá especificar:
- El salario o la remuneración por hora, o bien un rango salarial claro.
- Una descripción general de los beneficios ofrecidos, como cobertura médica, días de descanso o programas de incentivo.
- Otras formas de compensación a las que el candidato pudiera acceder, como bonos o reembolsos.
Esta disposición no impide a los empleadores mejorar la oferta económica cuando se haga una propuesta formal de contratación. Es decir, si bien el aviso debe incluir una referencia salarial, esta puede ser superada al momento de contratar a la persona seleccionada.
La intención fue empoderar a los postulantes, al permitirles tomar decisiones informadas antes de aplicar a un puesto. De esta manera, se busca evitar procesos de selección poco claros o engañosos y promover una mayor equidad en la negociación salarial desde el inicio del vínculo laboral.
Multas y penalidades por incumplimiento de la nueva ley de trabajo en Nueva Jersey
El incumplimiento de esta ley implicará consecuencias legales y sanciones económicas. El Departamento de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral de Nueva Jersey será el ente responsable de hacer cumplir la normativa y aplicar las multas correspondientes.
Las sanciones fueron estructuradas de la siguiente manera:
- Una primera infracción podrá costar hasta 300 dólares.
- Las reincidencias implicarán una multa máxima de US$600 por cada violación adicional.
Cada infracción será considerada de forma específica:
- No comunicar una oportunidad de promoción en un caso determinado será contado como una sola violación, sin importar cuántos foros hayan reproducido ese aviso.
- No incluir información sobre salario o beneficios en una vacante determinada también se considerará una única infracción, incluso si esa vacante ha sido publicada en diversos medios.
La aplicación de estas penalidades se realizará de forma sumaria, conforme a lo establecido en la Ley de Ejecución de Penalidades de 1999.
Qué pasa con las agencias de empleo y consultoras de Nueva Jersey
La legislación ha contemplado un tratamiento particular para las empresas que operan como agencias temporales o firmas consultoras registradas en la División de Asuntos del Consumidor del Departamento de Ley y Seguridad Pública. En su caso, las exigencias se adaptan a la naturaleza de sus búsquedas laborales.
Cuando una agencia publique avisos con el objetivo de armar una base de datos de candidatos —y no para cubrir un puesto específico existente— no estará obligada a incluir datos salariales ni detalles sobre beneficios. Esta excepción aplica únicamente en los siguientes casos:
- Publicaciones orientadas a identificar posibles postulantes para futuras vacantes.
- Anuncios que no correspondan a oportunidades concretas ya disponibles.
Sin embargo, en el momento de entrevistar o contratar a un postulante para un empleo temporal determinado, la agencia deberá entregar toda la información salarial y sobre beneficios correspondientes al puesto.
Esta cláusula busca equilibrar la carga de obligaciones administrativas con las características particulares de las firmas de contratación temporal, sin descuidar el derecho del trabajador a conocer las condiciones laborales antes de aceptar un puesto.