Ley de Glaciares, un cambio de sistema con eje federal

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Antes de que el Poder Ejecutivo envíe al Congreso el proyecto de reforma de la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares N.º 26.639, varias provincias (en particular las firmantes del Pacto de Mayo) coincidían en que el esquema vigente necesitaba ser revisado. No se trata de una discusión nueva ni improvisada, sino de un debate postergado sobre cómo proteger el ambiente en un país federal.

Paradójicamente, lo que esta vez se intenta desde Buenos Aires es devolver autonomía a las provincias: permitirles definir, con reglas claras y controles efectivos, bajo qué condiciones pueden desarrollarse actividades económicas sin comprometer recursos hídricos estratégicos. En el fondo, abrir una discusión más federal y menos centralista. Empresas mineras, especialmente aquellas interesadas en proyectos de cobre en la Cordillera, ven con buenos ojos esta reforma. Del otro lado, organizaciones ambientalistas advierten que el proyecto reduciría la protección de los glaciares y del ambiente periglacial, poniendo en riesgo recursos clave para las generaciones futuras.

Puede ser tentador pararse en uno u otro bando. Pero reducir el debate a “minería o ambiente” es un error que empobrece la discusión. El proyecto no propone elegir entre desarrollo económico y protección ambiental. Busca, en cambio, revisar cómo se toman las decisiones, quién las toma y quién asume la responsabilidad de cuidar los recursos naturales.

La Ley de Glaciares, tal como está hoy, parte de un axioma: todo glaciar y todo ambiente periglacial deben ser preservados como reservas estratégicas de agua y, por lo tanto, ciertas actividades (entre ellas la exploración y explotación minera) quedan directamente prohibidas en esas áreas. La identificación de glaciares y ambientes periglaciares está en manos del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), a través de su inclusión en el Inventario Nacional de Glaciares.

En ese diseño, la injerencia de las provincias es prácticamente nula. Si un área queda incluida en el Inventario, las autoridades provinciales no pueden autorizar la explotación de recursos naturales que, según la Constitución Nacional, son de su dominio originario.

La reforma apunta a dos cambios de fondo. El primero es abandonar un esquema de prohibiciones automáticas y reemplazar la discrecionalidad por criterios objetivos y científicos que permitan evaluar si una actividad afecta realmente un recurso hídrico estratégico. El segundo es incorporar una lógica de federalismo de concertación, en la que las provincias participen activamente tanto en la protección del ambiente como en la gestión de sus recursos naturales.

Con ese objetivo, el proyecto redefine con mayor precisión el objeto de protección. Ya no se trata de cualquier geoforma, sino de glaciares y ambientes periglaciares que, por cumplir funciones específicas, actúan como reservas estratégicas de recursos hídricos y como proveedores de agua para cuencas hidrográficas. La protección se focaliza allí donde el impacto ambiental es real y comprobable.

Otro cambio sustancial es que el Inventario deje de ser una construcción exclusivamente nacional. El proyecto habilita a que las autoridades ambientales provinciales aporten información y participen en su conformación, identificando glaciares y ambientes periglaciares en base a criterios científicos comunes. La Nación fija los presupuestos mínimos como manda la Constitución Nacional; las provincias dejan de ser meras espectadoras y pasan a ser actores responsables.

Finalmente, toda autorización de proyectos productivos en estas áreas quedará sujeta a procedimientos de evaluación de impacto ambiental que garanticen la participación ciudadana.

Lejos de bajar la vara ambiental para favorecer el desarrollo económico, la reforma propone un cambio de sistema. Ya no un modelo centralizado que concentra decisiones y diluye responsabilidades, sino uno compartido, donde Nación y provincias asumen en conjunto el deber de proteger los glaciares y administrar racionalmente los recursos naturales.

Si se aprueba, la reforma no eliminará controles ni abrirá zonas grises: obligará a decidir mejor, con más información, más participación y más responsabilidad política. En definitiva, dejará atrás una falsa dicotomía para avanzar hacia un federalismo ambiental maduro, en el que el desarrollo y el cuidado del ambiente no se excluyen, sino que se exigen mutuamente.

Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral

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