La Unidad de Investigación Financiera (UIF) impuso una multa de $13.891 millones a Merrill Lynch Argentina -unos US$9,5 millones- por no haber reportado operaciones sospechosas. La decisión se vincula con una investigación en curso desde 2024 y fue confirmada hoy.
La UIF es el organismo que se encarga de analizar y controlar movimientos de capitales y otras operaciones de capitales con el objetivo de prevenir delitos como el lavado de activos, la financiación del terrorismo u otras maniobras ilegales. En ese escenario, decidió sancionar a la sociedad de bolsa por haber incumplido su obligación de reportar operaciones que podrían ser catalogadas como “sospechosas” según la regulación vigente.
Según el edicto, que lleva la firma de Paulo Starc, actual presidente de la UIF, la multa dispuesta es de $13.090.683.804, y es una sanción que recae sobre Leonardo Andrés Fernández, Sebastián Guido Loketek, Francis Joseph McGann, Lucas Pérés y Nuria Martínez. Se trata de directores de la firma, según consigna la información oficial sobre la compañía en el sitio de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
A su vez, la decisión de la UIF, que tiene como fecha de firma el 16 de septiembre, incluyó otras cinco multas de $100.000, también vinculadas a la “falta de registro de análisis y gestión de riesgo de operaciones inusuales detectadas”, “delegación de obligaciones” y por “no contar con información precisa respecto del remitente y receptor de las operaciones en infracción”.
LA NACION se contactó con la empresa, pero desde la firma decidieron no hacer comentarios al respecto.
Merrill Lynch Argentina es una sociedad de bolsa dedicada a la intermediación de valores, asesoramiento financiero y otras operaciones en el mercado de capitales. Opera formalmente en el país como BofA Securities, y es subsidiaria del grupo estadounidense Bank of America, que compró al banco de inversión Merril Lynch en 2008, en el marco de la crisis financiera global de ese año que se disparó con la caída de Lehman Brothers.
La sanción aplicada a la entidad financiera se vincula con incumplimientos a las disposiciones de la Ley 25.246, que introdujo modificaciones en el Código Penal vinculado con normas sobre encubrimiento y lavado de activos de origen delictivo.
Según la resolución de la UIF, el pago de las multas aplicadas deberá realizarse mediante el sistema electrónico eRecauda en un plazo de diez días desde la notificación.