Municipalidad de Lima no obtiene apoyo de la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato en demanda contra Brookfield en EE.UU.

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La Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato comunicó oficialmente que no se sumará como parte peticionante en el proceso iniciado por la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) en los Estados Unidos contra el gestor de fondos de capital Brookfield. La decisión se da en respuesta al pedido formulado por el municipio capitalino para incluir a esta entidad dentro de la solicitud de “discovery” presentada frente a la referida empresa norteamericana, un mecanismo legal en EE.UU. que permite requerir documentos empresariales.

A través de un comunicado difundido en las últimas horas, la Procuraduría argumentó que, tras una evaluación legal sustentada en los principios de legalidad, objetividad y autonomía funcional, considera que no posee legitimidad procesal para integrarse al proceso como parte peticionante. Dicha valoración tomó en cuenta la información facilitada por la Municipalidad de Lima, su propia Procuraduría pública y el Estudio Boies Schiller Flexner, así como diversas consultas efectuadas con especialistas internacionales en la materia.

La institución explicó que, tras la revisión del caso y los insumos aportados por los actores involucrados, determinó que existen impedimentos para su reconocimiento formal como parte con capacidad de intervención en la solicitud presentada en el sistema judicial estadounidense. Según la Procuraduría ad hoc, su marco de acción está delimitado por la Ley peruana, lo cual afecta su posibilidad de participar como peticionante en procedimientos en otras jurisdicciones.

Procuraduría no será parte peticionante en proceso iniciado en EE.UU. por MML. (Foto: Infobae Perú/Agencia Andina/Gob.pe)

Requisitos de la Corte de Nueva York y limitaciones de la Procuraduría

En la resolución emitida por el juez Lewis Liman, perteneciente a la Corte del Distrito Sur de Nueva York, se estipulan una serie de condiciones necesarias para dar curso a la solicitud de “discovery” impulsada por la Municipalidad Metropolitana de Lima en contra del fondo Brookfield. Uno de los principales requisitos detalla que el solicitante debe contar con legitimidad procesal para intervenir, además de que las empresas involucradas deben tener su domicilio dentro de la jurisdicción de la Corte neoyorquina.

A partir de este criterio, la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato explicó que, de acuerdo con la legislación peruana y la interpretación consignada en la resolución del juez Liman, la entidad que podría ser considerada legítima para actuar en ese procedimiento es aquella facultada para iniciar procesos penales y perseguir delitos en el Perú. Dicho prerrequisito excluye a la Procuraduría, ya que no ostenta la titularidad de la acción penal; es decir, no tiene capacidad para representar la persecución del delito en nombre del Estado. Como resultado, carece de atribuciones legales para intervenir como peticionante directo dentro del marco del procedimiento de “discovery” en EE.UU.

En este contexto, otra limitación relevante identificada radica en la valoración sobre el domicilio de las empresas respecto al ámbito de competencia de la Corte. Solicitar información documental desde Perú hacia empresas con operaciones internacionales exige que estas tengan vínculos jurídicos claros con la jurisdicción estadounidense, condición que el tribunal analizó detenidamente en el caso Brookfield.

La procuradora ad hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión Ordinola, indicó que este es un hecho de gran relevancia para la defensa jurídica del Estado en su lucha contra la corrupción y la impunidad.

MML no proporcióno argumentos suficientes

El juez Liman también puntualizó que la MML no proporcionó argumentos suficientes que permitieran asumir competencia respecto del fondo Brookfield y su filial BIF dentro del distrito de Nueva York. La solicitud de la comuna limeña buscaba obtener pruebas documentales relacionadas con la evaluación de riesgos y los procedimientos de debida diligencia que Brookfield realizó durante la adquisición de acciones a Odebrecht en la concesionaria Rutas de Lima.

Sin embargo, la magistratura estadounidense hizo énfasis en que, para ordenar la producción de esas pruebas, resulta indispensable acreditar que la Corte tiene jurisdicción sobre las empresas involucradas y que la parte solicitante posee legitimidad concreta para requerir la información.

El 18 de enero se celebrará una misa Te Deum en la catedral de Lima y un evento protocolar en la Municipalidad.

Acciones de la Procuraduría ad hoc

Mientras persiste el proceso en Estados Unidos, la Procuraduría ad hoc del caso Lava Jato ratificó que continúa cumpliendo funciones coadyuvantes al Equipo Especial de Fiscales en las solicitudes de asistencia judicial internacional elevadas a diversas jurisdicciones extranjeras. Estas gestiones están vinculadas con empresas como Rutas de Lima, Brookfield y Odebrecht, en el marco de investigaciones y litigios asociados a la red Lava Jato.

La Procuraduría también señaló que mantiene una colaboración permanente en el suministro de información para procesos de arbitraje internacional, en concordancia con las autorizaciones legales vigentes. Además, informó que lleva adelante acciones legales en el Perú contra la concesionaria Rutas de Lima —donde participan tanto Brookfield como Odebrecht— en varios procesos penales, en los cuales ha solicitado reparación civil por sumas que superan los 2.200 millones de soles.

Titular de la procuraduría ad hoc del caso Lava Jato alertó sobre la nueva ley aprobada en el Parlamento.

En casos relevantes como el de la exalcaldesa Susana Villarán, logró que Rutas de Lima y Odebrecht fueran incorporados como terceros civilmente responsables, permitiendo reclamar una eventual reparación civil a favor del Estado peruano dentro del ámbito judicial nacional.

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