La nueva Ley de Asociaciones Público-Privadas (APP), cuya entrada en vigencia está prevista para noviembre, marca un giro en el esquema de promoción de la inversión privada en Perú.
El cambio principal recae en el papel que asumirá la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – ProInversión dentro del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada (SNPIP), despertando inquietud en el sector empresarial sobre el alcance de sus atribuciones tras la reforma.
Nueva ley APP redefine el rol de ProInversión en Perú
El texto legal aprobado ha suscitado debate en organismos técnicos y despachos legales especializados. Según comentó Eduardo Ortega, counsel de Derecho Administrativo en Garrigues Perú, el enfoque original de la reforma ubicaba a ProInversión como ente rector del sistema, con la titularidad de proyectos en lugar de los ministerios sectoriales.
“La propuesta inicial buscaba un protagnoismo de ProInversión -agencia adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)– que asegurara la continuidad y agilidad en la gestión. El texto aprobado por el Congreso no recoge ese planteamiento inicial”, sostuvo.
El modelo finalmente adoptado adopta un esquema mixto: la agencia peruana de promoción de la inversión podría figurar como entidad titular del proyecto, pero únicamente mediante una delegación expresa y la firma de un convenio con la entidad pública responsable.
Para el socio de Derecho Mercantil en Garrigues Perú, Diego Harman, esto limita la capacidad de autonomía funcional, pues “ProInversión no tiene todavía un rol realmente autónomo en la gestión de proyectos, sino más bien subsidiario, respondiendo en última instancia a la entidad encargante”.
Modelo colombiano de la ANI, ¿referente para la reforma peruana?
El rediseño de las APP en el país suele compararse con la experiencia de Colombia y su Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), institución donde se ha consolidado un modelo de gestión independiente en la administración de concesiones públicas.
Para Adriana Espinosa, socia de Infraestructura en Garrigues Colombia, “una de las similitudes destacadas entre ProInversión post-reforma y la ANI es la posibilidad de que ambas actúen como entidades públicas titulares de proyectos de infraestructura, lo que implica la capacidad para gestionar, suscribir y supervisar contratos de APP directamente”, dijo.
No obstante, existen diferencias notorias respecto a la autonomía. Harman indicó que la ANI del vecino país del norte gestiona proyectos de forma centralizada y no depende de convenios con otros organismos, mientras que la agencia peruana requiere delegación y respaldo ministerial.
“Los poderes otorgados a la agencia colombiana han permitido la centralización y estandarización de estructuras contractuales que ofrecen herramientas atractivas para los interesados en proyectos, fortaleciendo la confianza inversionista”, relató Espinosa, en relación al impacto positivo que ha tenido la independencia de la ANI:
ProInversión enfrenta restricciones bajo la nueva ley de asociaciones público-privadas
En este sentido, la gestión de Colombia se caracteriza por una administración autónoma de los recursos, diferenciado de los patrimonios estatales y orientada a proyectos de infraestructura bajo regímenes específicos de concesión. Sobre esa línea, ProInversión podría aspirar a una estructura institucional que facilite la inversión privada bajo condiciones de mayor previsibilidad, siguiendo el ejemplo de la agencia colombiana.
Por ahora, la implementación de la nueva ley mantiene a Perú en una etapa de transición. El desarrollo normativo y la práctica en los próximos meses determinarán hasta dónde llegará el alcance institucional otorgado a ProInversión, así como el potencial impacto sobre el clima de inversiones en grandes proyectos de infraestructura.