El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la condena de 17 años de prisión que la Audiencia Provincial de Almería impuso a A.G.F. por el homicidio y robo a una lotera de Albox (Almería) en 2021 y ha ordenado repetir el juicio con nuevo jurado y magistrado, al considerar que el veredicto carece de motivación suficiente, especialmente en lo relativo a la hora de la muerte, que podría suponer una coartada.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal andaluz, tras la vista de apelación celebrada el pasado 7 de mayo en Granada, ha estimado parcialmente el recurso de la defensa, ejercida por los abogados Roberto Muiño y José Luis Martínez, y ha desestimado el de la acusación particular, que pedía agravar la condena al incluir las agravantes de alevosía y ensañamiento, algo que el tribunal ha rechazado «por impedirlo el principio acusatorio».
El TSJA ha señalado que el jurado situó la muerte entre las 3,00 y las 3,30 horas del 10 de septiembre de 2021, pero no explicó por qué lo consideró probado cuando los informes forenses la sitúan entre las 11,00 y las 19,00 horas del mismo día. En ese intervalo, el acusado ya estaba localizado en el hospital o en dependencias policiales tras sufrir un accidente de tráfico, según ha alegado su defensa.
Esa circunstancia, ha sostenido, suponía una «coartada» que ni el jurado ni el magistrado valoraron. La sentencia subraya que se ha omitido toda explicación sobre las razones por las que se ha descartado este contraindicio que, según señala, tiene «gran relevancia».
El veredicto anulado declaró probado que A.G.F., vecino de la víctima, acudió a su casa de madrugada con intención de robarle. Cuando ella abrió la puerta, según el jurado, la atacó con una navaja y le asestó varias puñaladas que le causaron la muerte por «shock hemorrágico». Después, se apoderó de un bolso, una cantidad de dinero y dos teléfonos móviles.
La Audiencia de Almería le impuso doce años de prisión por homicidio y cinco años más por un delito de robo con violencia en casa habitada y uso de armas o medios peligrosos. También le condenó a pagar 90.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima que ejercieron la acusación particular.
El TSJA ha considerado que los indicios valorados por el jurado son «débiles o excesivamente abiertos» y que la motivación de su decisión es «insuficiente», por lo que ha ordenado repetir el juicio con un nuevo jurado que deberá justificar su veredicto, al tiempo que aclara que contra esta resolución no cabe recurso.