Grupo Stellantis, una compañía que agrupa a marcas como Fiat, Peugeot y Citroën, entre otras, lanzó una nueva línea de financiamiento en dólares destinada exclusivamente a empresas. El objetivo es acompañar al sector productivo, ofreciendo herramientas que faciliten el acceso a flotas vehiculares y contribuyan a su desarrollo. Esto se da en un contexto en el que tanto Toyota como Ford anunciaron tambien programas de financiación en dólares.
Desarrollada junto al Banco BBVA Francés y bajo el marco normativo A4015 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), esta herramienta de financiación de Stellantis incluye dos modalidades: préstamo financiero y leasing, ambos para la adquisición de autos, pickups o utilitarios 0km.
A su vez, permite financiar hasta el 90% del valor del vehículo (LTV) en plazos de 24, 36 o 48 meses, con una tasa nominal anual (TNA) del 10,75%. La amortización y pago de intereses puede realizarse de forma semestral bajo el sistema alemán o bien mensualmente a través del sistema francés, adaptándose a las necesidades de cada empresa.
Cuáles son los requisitos del Banco Central
“Como requisito especial, los beneficiarios deben cumplir con lo establecido por la normativa A4015 del BCRA para exportadores y sus modificatorias. Y en cuanto a la alternativa de leasing en dólares, el esquema agrega la posibilidad de ejercer una opción de compra al finalizar el contrato”, comentó el Grupo Stellantis.
En ese sentido, las exigencias que establece el BCRA son las siguientes; financiaciones a productores, procesadores o acopiadores de bienes, siempre que:
- Cuenten con contratos de venta en firme de la mercadería a un exportador, con precio fijado o a fijar en moneda extranjera -independientemente de la moneda en que se liquide la operación- y se trate de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados locales o del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público.
- Su actividad principal sea la producción, procesamiento y/o acopio de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público, y se constate, en el año previo al otorgamiento de la financiación, una facturación total de esas mercaderías por un importe que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación.