Qué dice la regla de los 10 años que impacta en los inmigrantes indocumentados de EE.UU. en este 2025

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Los inmigrantes indocumentados en Estados Unidos han visto cómo, en los últimos meses, se han endurecido las medidas para lograr su deportación. Este 2025, muchos de los extranjeros podrían ser impactados por la llamada regla de los 10 años que tiene que ver con la acumulación de presencia ilegal.

Esto dice la regla de los 10 años

El artículo 212(a)(9)(B)(i)(II) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), señala que un extranjero, que no es residente permanente legal de Estados Unidos, y al que no se le aplican excepciones, es inadmisible si:

  • Acumuló un año o más de presencia ilegal durante una sola estadía en Estados Unidos en o después del 1° de abril de 1997,
  • Salió o fue removido de Estados Unidos bajo cualquier disposición de ley; y
  • Solicita la admisión nuevamente dentro de los 10 años de su salida o remoción después de haber acumulado presencia ilegal.

La ley de los 10 años afecta a quienes acumulan un año o más de presencia ilegal

Es así que la ley penaliza a quienes permanecen ilegalmente en EE.UU. durante demasiado tiempo, salen del país y luego solicitan la admisión.

De acuerdo con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), la presencia ilegal es cualquier periodo en el que se está en Estados Unidos sin ser admitido o haber recibido permiso de permanencia temporal (parole) o cuando se está después de que haya expirado un periodo de estadía autorizado.

La causal de inadmisibilidad por presencia ilegal se aplica si la persona salió antes, durante o después de que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) haya iniciado los procesos de remoción.

El plazo de los 10 años comienza a contar desde el momento en que la persona sale de EE.UU. de forma voluntaria o por deportación

En caso de haber sido aceptado y recibir un formulario I-94, que muestra el periodo de estadía autorizada, la persona debe dejar el país en la fecha indicada.

Solicitar una exención de la causal de inadmisibilidad

Si el extranjero se encuentra bajo la causal de inadmisibilidad, podría ser elegible para solicitar una exención, que dependerá del beneficio de inmigración que se desea obtener.

El Uscis explica que quienes son inadmisibles bajo cualquier causal de la INA 212(a), por lo general, no puede obtener una visa del Departamento de Estado, ingresar al país en un puerto de entrada o ser elegible para un beneficio de inmigración como un ajuste de estatus al de residente permanente, a menos que primero obtenga una exención.

Si usted es inadmisible bajo la causal de inadmisibilidad, podría ser elegible para solicitar una exención que le permita pedir un beneficio migratorio

Para solicitar esta prerrogativa, se puede hacer uso de dos formularios:

  • I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad: si se es inadmisible a Estados Unidos y se desea solicitar una visa de inmigrante, ajuste de estatus, ciertos estatus de no inmigrante, u otros beneficios de inmigración.
  • I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal: algunos solicitantes de visas de inmigrante que son familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o de residentes permanentes legales pueden utilizar este formulario.

La solicitud I-601A permite solicitar una exención provisional de las causales de inadmisibilidad por presencia ilegal bajo la sección 212(a)(9)(B) de la INA antes de salir de Estados Unidos para presentarse a un consulado o embajada estadounidense en el extranjero para una entrevista de visa de inmigrante.

Esta medida fue desarrollada con el fin de acortar el tiempo que los ciudadanos estadounidenses permanecen separados de sus familiares inmediatos mientras están en el proceso de obtener visas para convertirse en residentes permanentes legales de Estados Unidos.

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