Radican demanda para que suspendan la cuenta de Gustavo Petro en la red social X: “Las publicaciones son una amenaza real”

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El presidente de Colombia ha recibido críticas por el uso que le da a sus redes sociales - crédito Infobae

Una acción popular fue radicada ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el lunes, septiembre 1 de 2025, con la cual buscan ponerle un freno a las comunicaciones del presidente Gustavo Petro en la red social X.

La demanda, interpuesta por el abogado y magíster en Seguridad y Defensa Nacionales, Gonzalo Valbuena Oñate, sostiene que las publicaciones del mandatario en esa plataforma han vulnerado derechos colectivos fundamentales, como la moralidad administrativa y la seguridad pública, al igual que han generado consecuencias de amplio alcance para la institucionalidad y la convivencia democrática en el país.

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El recurso judicial, conocido por Infobae Colombia, solicita la protección inmediata de los derechos colectivos, argumentando que el presidente Petro, desde su llegada al cargo, utiliza su cuenta personal en X para difundir información de interés público, anunciar decisiones de Estado y emitir opiniones que, según el demandante Valbuena, exceden los límites del ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

Gustavo Petro publicó un mensaje que, al juicio de sus lectores, estaba un tanto enrevesado - crédito Colprensa

Entre las pretensiones principales de la acción popular se encuentra la suspensión del uso de la cuenta personal del presidente en X, o, en su defecto, la restricción de su administración directa, delegando su manejo a un equipo institucional sujeto a lineamientos oficiales. Además, se pide la adopción de un protocolo de uso de redes sociales para el jefe de Estado y la publicación de un compromiso público de respeto a la oposición y a la institucionalidad:

“5.2.1. La suspensión del uso de la cuenta personal de X del Presidente de la República,

5.2.2. En subsidio, la restricción de su administración directa, delegando su manejo a un equipo institucional sujeto a lineamientos de comunicación oficial.

5.2.3. Disponer que la Presidencia de la República adopte un protocolo de uso de redes sociales por parte del Presidente que garantice respeto, veracidad y responsabilidad.

5.2.4. Ordenar la publicación de un compromiso público de respeto a la oposición política, a la institucionalidad y a la convivencia democrática.

5.2.5. Establecer mecanismos de seguimiento y verificación del cumplimiento de las órdenes impartidas».

Infobae Colombia habló con el abogado González, quien expresó: “Como ciudadano y abogado he interpuesto una acción popular contra el presidente Gustavo Petro y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Lo hago en defensa de los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la seguridad pública y la estabilidad de nuestras instituciones, que considero gravemente amenazados por el uso irresponsable de la cuenta personal del mandatario en la red social X”.

Y agregó: “El presidente ha convertido esa red en un escenario de decisiones improvisadas y ataques, desconociendo que sus palabras no son simples opiniones, sino actos de Estado. Con sus publicaciones ha generado crisis diplomáticas con Estados Unidos, ha puesto en riesgo a opositores políticos y ha debilitado la confianza en la institucionalidad. Colombia necesita respeto por la democracia y responsabilidad en el ejercicio del poder, no un gobierno que confunde la libertad de expresión con la licencia para atropellar derechos colectivos”.

ARCHIVO - El presidente colombiano, Gustavo Petro, espera para dar una conferencia de prensa al cumplirse 100 días de su administración en la oficina presidencial del Palacio de Nariño en Bogotá, Colombia, el 15 de noviembre de 2022. Petro presentó el martes 7 de febrero de 2023 su plan de desarrollo para el país. (AP Foto/Iván Valencia, Archivo)

Publicaciones en X y episodios controversiales que motivaron la demanda contra Gustavo Petro

La acción popular da cuenta de varios episodios recientes que, a juicio de lo expresado en la acción popular, han dejado en evidencia el impacto negativo de las publicaciones presidenciales en X.

Uno de los ejemplos citados es el anuncio, el 20 de enero de 2025, de la declaratoria de estado de conmoción interior y emergencia económica, realizado por Petro en su cuenta personal antes de que la medida se formalizara por los canales legales.

La conmoción interior se decretó finalmente solo en algunas regiones específicas, mientras que la emergencia económica no fue decretada. La publicación alcanzó 27.000 visualizaciones en media hora y fue replicada por medios nacionales e internacionales.

El vuelo provenía de California (Estados Unidos) con destino a Bogotá - crédito @PressSec/X

Otro episodio relevante ocurrió el 26 de enero de 2025, cuando el presidente Petro, a través de X, desautorizó a las 3:00 a. m. el aterrizaje de un avión con personas deportadas desde Estados Unidos. Según la demanda, este mensaje desencadenó una crisis diplomática con ese país, que incluyó la imposición de aranceles de emergencia del 25% a productos colombianos, restricciones de viaje y revocación de visas a funcionarios y allegados al gobierno, así como el cierre temporal de la sección de visas en Colombia.

Petro respondió en la misma red social anunciando aranceles del 50% a productos estadounidenses, aunque estas medidas no se implementaron. El documento sostiene que la crisis tuvo consecuencias económicas y familiares para numerosos colombianos.

En otro caso, el 25 de agosto de 2025, el jefe de Estado publicó en X que la organización narcoterrorista conocida como el Cartel de los Soles no existía, en un contexto de tensiones internacionales entre Estados Unidos y Venezuela. La demanda argumenta que este tipo de pronunciamientos, lejos de ser simples opiniones, constituyen manifestaciones de Estado que afectan las relaciones internacionales de Colombia y se emiten a través de canales inadecuados para el manejo diplomático.

Trino del presidente colombiano, Gustavo Petro, sobre la existencia del Cartel de los Soles y la lucha contra el narcotráfico que adelanta Estados Unidos - crédito X/@petrogustavo

Señalamientos a opositores, empresarios y periodistas

El recurso judicial presentado por el abogado Gonzalo Valbuena también señala que el presidente Gustavo Petro ha utilizado su cuenta en X para señalar y estigmatizar a opositores, empresarios y periodistas, lo que, según el demandante, ha incrementado los riesgos para la seguridad de estas personas.

Se menciona el caso del senador y precandidato presidencial Miguel Uribe Turbay, quien fue objeto de mensajes críticos y descalificadores por parte de Petro en la red social antes de ser asesinado. La demanda cita publicaciones del 1 de mayo y el 5 de junio de 2025, días previos al atentado, y sostiene que estos mensajes contribuyeron a crear un ambiente hostil y un perfilamiento del líder opositor.

La oposición reaccionó con la organización de un acto público para rechazar el atentado contra Miguel Uribe, con el objetivo de enfrentar al progresismo en las próximas elecciones - crédito Gustavo Petro y Miguel Uribe Turbay

En el ámbito empresarial, el presidente de la Asociación Nacional de Industriales (Andi), Bruce Mac Master, fue señalado por el presidente Petro en X de conductas antidemocráticas y de participar en un supuesto golpe de Estado, en mensajes publicados el 19 de marzo y el 18 de agosto de 2025. Estas publicaciones, ampliamente difundidas por la prensa, generaron controversia y respuestas públicas del dirigente gremial.

La demanda también incluye el caso de la periodista Paola Ochoa, quien recibió un mensaje hostil y de tono amenazante por parte del presidente en X el 23 de agosto de 2025, en un contexto de alta polarización política y pocos días después del asesinato de Uribe Turbay.

Esta acción popular sostiene que este tipo de manifestaciones vulneran los límites éticos y morales que deben regir el ejercicio del cargo de jefe de Estado.

Los argumentos jurídicos contra el uso que Gustavo Petro da a su cuenta en X

En el plano jurídico, en el documento se argumenta que la libertad de expresión de los funcionarios públicos, y en particular del presidente, está sujeta a límites agravados por la naturaleza de sus funciones y el impacto de sus palabras en la opinión pública.

Además, cita jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Constitucional de Colombia, que establecen que los altos funcionarios deben ejercer una diligencia especial al comunicar información de interés público, evitando la difusión de versiones manipuladas o inexactas y protegiendo los derechos fundamentales de las personas.

La Corte Constitucional ha señalado que el presidente, como símbolo de la unidad nacional y figura de máxima credibilidad, debe asumir la comunicación como un poder-deber, bajo estrictos estándares de razonabilidad y prudencia, especialmente cuando se refiere a sujetos de especial protección constitucional como la oposición política.

Colombian President Gustavo Petro reacts during the troop recognition ceremony for the newly appointed Minister of Defense, Pedro Sanchez, at the Jose Maria Cordova Military Cadet School in Bogota, Colombia, March 11, 2025. REUTERS/Luisa Gonzalez

La Presidencia de la República, en respuesta a un derecho de petición presentado el 13 de junio de 2025, defendió la conducta del presidente Petro, argumentando que actúa dentro del marco legal y constitucional y ejerce su derecho fundamental a la libertad de expresión, reconocido tanto por la jurisprudencia nacional como internacional. En su respuesta oficial del 9 de julio de 2025, la Presidencia sostuvo que los pronunciamientos del mandatario en sus redes personales no han vulnerado derechos colectivos ni excedido los límites legales, y que forman parte del debate democrático y pluralista propio de la sociedad colombiana.

“En tal sentido, el Presidente de la República, como ciudadano y como jefe de Estado, goza del derecho fundamental a la libertad de expresión, derecho que ha sido ampliamente reconocido por la jurisprudencia constitucional y por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, particularmente en el marco del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prohíbe restricciones indebidas a la expresión incluso cuando esta resulta incómoda u ofensiva para ciertos sectores de la sociedad”, referencia el documento conocido por este medio.

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