Se abre camino el criterio del Tribunal Superior porteño para calcular los intereses en accidentes laborales

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El criterio fijado por el Tribunal Superior de Justicia porteño para fijar los intereses en los juicios por accidentes de trabajo comenzó a abrirse camino entre los jueces laborales de primera instancia y en abierto desafio a la Cámara Laboral, que se resiste.

Es que la Cámara Laboral se pronunció en contra del fallo de la Corte Suprema de Justicia (caso Levinas) que estableció que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño es la máxima instancia de apelación de las causas de la justicia nacional civil, laboral, comercial, y penal, lo que fue interpretado como un avance del traspaso de los jueces nacionales a la Ciudad.

Ahora, en desacuerdo con la Cámara, que en en algunas salas fija criterios de ajuste desproporcionados -lo que mereció que la Corte le llamara la atención en dos ocasiones-, los jueces de primera instancia empezaron a fallar según el criterio de la “Corte” de la Ciudad.

El primer fallo fue el del juez laboral Alberto Calandrino, del juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 35. El magistrado resolvió un planteo vinculado a la actualización e intereses aplicables a una indemnización en un accidente laboral, alineando su decisión con el último precedente del Tribunal Superior de Justicia porteño.

El fallo de Calandrino movilizó a sus colegas de primera instancia, que activaron el chat de jueces laborales. El jueves de la semana pasada, algunos inquietos, promovieron realizar una reunión por zoom para unificar criterios.

El encuentro tuvo lugar este mediodía y allí hubo tres sectores bien definidos: algunos jueces laborales, más cercanos al kirchnerismo, se mantuvieron en su posición e ignoraron el criterio del TSJ; otros, más moderados, se mostraron dispuestos a avanzar con el nuevo criterio; un tercer grupo aún no tomó una decisión y está abierto a seguir escuchando.

La idea que primó entre los jueces, dijeron fuentes judiciales, es que la escucha en común los llevará a buscar en forma conjunta algún camino consensuado.

La causa que movilizó a los jueces de primera instancia es “Coll Mallorca, César Augusto c/ La Segunda ART SA s/ Recurso Ley 27.348”, donde se debatió la determinación de la incapacidad del trabajador y la forma de calcular los intereses sobre la indemnización.

Calandrino destacó que, tras el fallo Levinas, de la Corte Suprema de Justicia, el TSJ es el órgano competente para entender en los recursos extraordinarios de la Justicia Nacional ordinaria con asiento en la Ciudad. Y que si bien no es un principio absoluto, los tribunales inferiores “deben conformar sus decisiones a las sentencias de la Corte cuando estas fijan la interpretación de una norma federal”.

“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó. Y así propuso que el monto de condena debe llevar desde la exigibilidad del crédito (6/1/2024) un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), como lo dispuso Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.

Sobre este último punto, Calandrino mencionó la causa “Boulanger, Roberto Eduardo c/ Provincia ART SA s/ Recurso Ley 27.348″, en la que el TSJ revocó un fallo de la Cámara Laboral (Sala VIII) y dispuso que las indemnizaciones deben actualizarse de conformidad con lo establecido en el inciso 2º del artículo 12 de la Ley 24.557, y al texto del Decreto 669/19, es decir mediante un interés equivalente a la tasa de variación del RIPTE.

“De esta forma, como Juez a cargo de un Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo, de no considerar lo resuelto por el más Alto Tribunal de la Argentina, estaría dilatando el proceso, y perjudicando al Justiciable”, agregó el juez laboral.

Antecedente

El 1 de octubre pasado, el TSJ determinó el criterio de actualización de los juicios por accidentes laborales y dispuso que se aplique el RIPTE. La resolución del máximo tribunal porteño va a contramano de lo que venía sosteniendo la Cámara Nacional del Trabajo, un fuero en el que tienen peso e influencia los sindicatos peronistas.

El fallo del TSJ lleva la firma de los jueces Inés Weinberg, Luis Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi. Con la disidencia de la jueza Alicia Ruiz. Así, el tribunal porteño debutó como la máxima instancia de apelación de todos los juicios laborales que se resuelven en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, como lo dispuso la Corte Suprema en el fallo Levinas.

Con este fallo laboral, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad pone fin a la incertidumbre y a la dispersión de aplicación de intereses en los juicios por accidentes de trabajo que impera en la justicia laboral nacional. La aplicación del RIPTE implica que el ajuste que se hará en los juicios por accidentes de trabajo es inferior a los ajustes que venía aplicando la jurisprudencia de la Cámara del Trabajo.

Este criterio se replicará en más de 1000 causas similares que se encuentran en trámite ante el TSJ. El fallo marca el inicio de una nueva etapa en la jurisprudencia laboral porteña, al ser el primero en lo laboral, posterior al fallo en la causa “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia”.

En 2019, el Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, que modificó la Ley de Accidentes de Trabajo y estableció que las indemnizaciones por accidentes tendrían un interés equivalente a la variación del índice RIPTE. Este índice mide la evolución de los salarios formales. El DNU fue remitido al Congreso, que nunca lo rechazó, por lo cual se encuentra vigente.

Sin embargo, muchos jueces laborales se negaron a aplicar ese DNU. Como resultado de esta decisión, hay diversos criterios judiciales para fijar los intereses de las indemnizaciones por accidente. Esto alarga los juicios y consagra notorias desigualdades entre los trabajadores beneficiarios, dependiendo de a qué juez o a qué sala le toque resolver su caso.

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