¿Se puede manejar con ojotas en la Argentina? Qué dice la ley de tránsito

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Cada vez que se acerca el verano surge una duda recurrente entre los conductores: ¿está permitido manejar con ojotas? Ya sea por las altas temperaturas o por la búsqueda de una mayor comodidad para caminar, muchos elijen por este tipo de calzado sin saber si podrían cometer una infracción de tránsito.

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Si bien la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 no prohíbe de manera específica ningún tipo de calzado para conducir, se recomienda utilizar uno cerrado y correctamente ajustado al pie, especialmente al circular por rutas o autopistas, para evitar inconvenientes o posibles siniestros.

Se recomienda utilizar un calzado cerrado en cualquier estación del año

De todos modos, la aplicación de esta norma puede variar según la jurisdicción. Por ejemplo, la provincia de Mendoza —según explican medios locales— es la única jurisdicción del país donde está expresamente prohibido manejar con ojotas o sandalias abiertas.

En ese caso, se considera una falta leve, ya que la Ley Provincial de Tránsito N.º 9.024 establece sanciones económicas para quienes sean detectados conduciendo con este tipo de calzado no permitido ni adecuado.

¿Se puede tomar mate al volante?

Otra duda que suele aparecer durante todo el año —más allá de la estación— es la de tomar mate al conducir. Se trata de una imagen clásica de las rutas de la Argentina, donde el mate se convierte en un compañero. Sin embargo, esta clásica costumbre puede convertirse en un verdadero dolor de cabeza para los conductores.

Esto se debe a que, si bien la Ley Nacional de Tránsito no prohíbe de forma explícita esta práctica, sí establece que el conductor debe mantener ambas manos sobre el volante, salvo en situaciones puntuales, como al pasar un cambio en un vehículo con caja manual.

Según la ley, las dos manos deben estar en el volante para una conducción segura

A partir de esa base legal, algunas provincias optaron por ser más estrictas y aplicar sanciones económicas a quienes manejen y tomen mate al mismo tiempo. En Mendoza —la misma provincia que prohíbe conducir con ojotas—, hacerlo se considera una falta grave que equivale a una infracción de 1000 Unidades Fijas (UF), la medida utilizada para calcular el valor de todas las multas de tránsito. La Unidad Fija en Mendoza se encuentra en $420, por ende, esta infracción costaría unos $420.000.

Por otro lado, en Córdoba, esta acción se encuadra dentro de las sanciones por manejo inseguro, una categoría que incluye tanto fumar como tomar mate y constituye una multa de 20 UF. En noviembre de 2025 el valor de la UF en suelo cordobés es de $1539, por tanto, esta falta costaría unos $30.780.

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