La Dirección General de Tráfico (DGT) ha vuelto a poner el foco en un accesorio tan habitual al volante como las gafas de sol. Aunque su uso es recomendable para proteger la vista frente al deslumbramiento y la radiación solar, no todas las gafas son adecuadas para conducir. De hecho, llevar determinados modelos puede acarrear una sanción económica de hasta 200 euros, al considerarse que reducen la visibilidad del conductor y, por tanto, ponen en riesgo la seguridad vial.
Gafas demasiado oscuras: las grandes señaladas
La advertencia de la DGT se centra principalmente en las gafas de sol con filtro de categoría 4, un tipo de lente extremadamente oscura que bloquea hasta el 97% de la luz solar. Están pensadas para situaciones de luminosidad extrema, como en alta montaña, en la nieve o en el mar, donde la radiación solar se multiplica por el reflejo de las superficies. Sin embargo, en carretera pueden resultar peligrosas.
Según el organismo de tráfico, este tipo de gafas dificultan la visión en zonas de sombra, túneles o al amanecer y al atardecer, momentos en los que el contraste de luz es especialmente delicado. Por ello, su uso está prohibido para la conducción, y si un agente de la autoridad considera que impiden una correcta percepción del entorno, puede aplicar una sanción por conducción negligente.
La infracción se ampara en el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, que obliga a los conductores a mantener su libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente al tráfico. No existe una norma específica que mencione las gafas de sol, pero este artículo permite sancionar cualquier comportamiento o elemento que afecte a la visibilidad. La multa puede alcanzar los 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos del carné.
Otros modelos que la DGT desaconseja
Además de las lentes de categoría 4, la DGT también desaconseja el uso de las gafas fotocromáticas, es decir, aquellas que se oscurecen o aclaran automáticamente en función de la intensidad de la luz. Aunque son prácticas para un uso cotidiano, su principal inconveniente radica en la lentitud del cambio de tonalidad: al entrar en un túnel o pasar por una zona sombría, pueden tardar varios segundos en aclararse, tiempo durante el cual la visión del conductor puede verse seriamente comprometida.
Igualmente, el organismo de tráfico advierte sobre el uso de gafas sin homologación CE, como las que a menudo se venden en mercadillos o tiendas no especializadas. Estas lentes pueden no cumplir los estándares de protección y calidad óptica exigidos por la normativa europea, lo que significa que podrían distorsionar la visión, alterar los colores o no filtrar correctamente la radiación ultravioleta.
Por último, los conductores que tienen la obligación de usar gafas graduadas o lentillas, indicada en su permiso de conducir con los códigos 01.01 o 01.02, también deben extremar la precaución. Conducir con gafas de sol sin graduación en estos casos se considera incumplimiento de las condiciones del carné, y puede acarrear igualmente una sanción de hasta 200 euros.
Qué gafas son seguras y recomendadas
Los expertos y la propia DGT recomiendan optar por gafas con filtro de categoría 2 o 3, las más adecuadas para la conducción diaria. Estas lentes ofrecen una protección equilibrada frente a la luz solar sin comprometer la visibilidad, incluso al atravesar zonas de sombra o cambios de iluminación repentinos.
También se aconseja el uso de gafas polarizadas, que reducen los reflejos en el asfalto y en el salpicadero, y mejoran la nitidez de los colores. En cualquier caso, deben contar siempre con la marca de homologación CE, que garantiza que han pasado los controles de calidad óptica y seguridad establecidos por la Unión Europea.
En caso de necesitar corrección visual, lo más recomendable es disponer de gafas graduadas con filtro solar o lentes de contacto acompañadas de gafas de sol homologadas. De este modo, se cumple la normativa y se mantiene la visibilidad óptima sin riesgo de sanción.