La Superintendencia de Riesgos del Trabajo ajusta compensaciones e indemnizaciones para proteger a los trabajadores víctimas de accidentes

Mediante la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), el Gobierno nacional actualizó los montos de las compensaciones e indemnizaciones a abonarse por incapacidad laboral permanente, gran invalidez y fallecimiento. Estos nuevos valores regirán desde el 1.º de marzo hasta el 31 de agosto de 2025, en una revisión semestral cuya próxima actualización se espera en septiembre.
En los casos de incapacidad laboral permanente parcial, la compensación adicional de pago único quedó fijada en 31.911.034. Para las prestaciones por incapacidad laboral permanente total y gran invalidez, el importe único se estableció en 39.888.793, mientras que la suma para fallecimiento asciende a $ 47.866.537.
Además, la indemnización mínima exigible por incapacidad permanente —cuyo monto no podrá ser inferior al porcentaje de incapacidad aplicado— fue elevada a 71.799.818. De igual modo, se incorporó un adicional de 13.597.321 en caso de muerte o incapacidad total del trabajador, destinado a cubrir gastos extra y compensar la situación de los beneficiarios directos de la víctima laboral.
La norma mantiene la obligatoriedad de aplicar estos valores en el cálculo de las indemnizaciones derivadas de accidentes y enfermedades profesionales, complementando la tabla de porcentajes de incapacidad ya vigente. Asimismo, refuerza los plazos y métodos de pago para garantizar la celeridad de las compensaciones, evitando demoras que perjudiquen a los trabajadores lesionados o a sus familias.
Con este ajuste, el Ejecutivo busca evitar el desfasaje entre los montos indemnizatorios y la inflación, asegurando un resarcimiento acorde al costo de vida actual. Organizaciones de empleados y abogados especialistas en derecho laboral celebraron la medida al considerarla un paso necesario para resguardar el poder adquisitivo de quienes sufren secuelas derivadas de su actividad profesional.