Tras asesinato de niño de 6 años a manos de su padrastro, Congreso de la CDMX aprueba “Ley Crucito”

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El homicidio cometido contra un hermanastro, hermanastra, hijastro o hijastra se castigará con hasta 30 años de cárcel en CDMX. (Foto: Congreso del CDMX)

En octubre de 2024 un caso sobre maltrato y homicidio infantil conmocionó a la Ciudad de México, un niño de 6 años nombrado Cruz fue presuntamente asesinado a manos de su padrastro Óscar “N”, quien era pareja de su mamá, Berenice “N”, cómplice del delito, ambos detenidos y acusados de perpetrar el homicidio; motivo por el cual este viernes 15 de agosto de 2025, el Congreso capitalino aprobó hasta 30 años de cárcel a quien cometa homicidio en contra de hijastros o hermanastros.

El dictamen correspondiente a la iniciativa para reformar el primer párrafo, adicionar un segundo y recorrer el subsecuente del artículo 125 del Código Penal de la Ciudad de México, enfocado en la materia de homicidio y conocido como “Ley Crucito”.

La diputada Elizabeth Mateos Hernández, integrante de Morena y representante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, fundamentó el dictamen recordando la historia de Crucito, ocurrido en Iztacalco.

De acuerdo con Mateos Hernández, la Ley Crucito busca reformar el artículo 125 para que se reconozca expresamente el homicidio cometido contra hermanastros, hermanastras, hijastros o hijastras y que este delito sea castigado con hasta 30 años de cárcel, además de la pérdida de los derechos que el agresor pudiera tener respecto de la víctima.

La legisladora explicó que la modificación pretendida tiene como objetivo fortalecer la protección integral de la niñez, así como reconocer la diversidad de las familias y evitar que la violencia se oculte tras vínculos familiares.

Durante la discusión, Mateos Hernández reiteró que el interés superior de la niñez constituye un mandato constitucional y moral, señalando que el Estado debe decidir en todo momento a favor de la vida, dignidad y felicidad de niñas, niños y adolescentes.

Afirmó que la aprobación de esta reforma también sirve para honrar la memoria de Crucito, reforzando el marco jurídico a fin de que ninguna infancia quede desprotegido por la ley local. Al respecto, mencionó el asesinato reciente de Santiago, un niño de nueve años en la comunidad de Buenavista, municipio de Tarandacuao, Guanajuato, quien fue asesinado con un machete por su padre, mientras la madre resultó herida y el responsable huyó tras los hechos, según lo relatado por la legisladora.

El congresista Israel Moreno Rivera, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), al razonar su voto reflexionó que este tipo de actos lastiman a la sociedad, indicando la necesidad de garantizar la protección y respeto de los derechos de la infancia, quienes suelen ser víctimas de violencia cometida por miembros de su propia familia.

Antes de esta reforma, el delito en cuestión podía acarrear una sanción de hasta 8 años de prisión, al ser considerado un homicidio simple y no contemplar específicamente el parentesco de hermanastros o hijastros en el Código Penal. Con la inclusión de esta agravante, la pena se incrementa hasta 30 años, junto con la pérdida de derechos sobre la víctima. En los casos en que además se utilice violencia extrema, la sanción puede elevarse hasta 50 años de cárcel.

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