La población indígena que está asentada en la Unidad de Protección inmediata (UPI) La Rioja, en Bogotá, viven en condiciones deplorables. En octubre de 2024, la Personería de Bogotá denunció que al menos 900 personas que allí habitan están en riesgo por el estado del lugar.
Según detalló, hay un mal manejo de los residuos, se han encontrado animales como insectos y ratas, proliferan las aguas negras y hay cables eléctricos expuestos. La población también está en peligro debido a que se han hecho conexiones improvisadas y hay riesgo de que haya una explosión por cilindros de gas, debido a la utilización de entre 80 y 100 pipetas. A todo esto se suma que hay estructuras que podrían colapsar.
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“Ante el riesgo inminente de una tragedia, ya sea por el colapso de las instalaciones o la explosión de una pipeta de gas, es imperativo que se cumpla con la medida de seguridad ordenada por la Secretaría Distrital de Salud de trasladar, reubicar o integrar a la población que permanece en la UPI La Rioja”, indicó en su momento el personero de Bogotá, Andrés Castro Franco, citado por la entidad en un comunicado.
Tribunal ordenó la evacuación de la población indígena
Pese a que la situación es de conocimiento público desde hace meses, hasta 2025 hubo una decisión que ordena la puesta en marcha de lo solicitado por el funcionario en 2024. Pues, en mayo del año en curso, el distrito solicitó a la Unidad para las Víctimas definir las líneas de acción para reubicar a la población indígena, para que la UPI La Rioja sea intervenida en su estructura.
Finalmente, en una decisión proferida el 28 de mayo de 2025, y revelada en junio, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó a evacuación urgente e inmediata de la UPI La Rioja. La Oficina de Consejería Distrital de Paz Víctimas y Reconciliación, la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá, al Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud (Idipron) –con la asesoría y del Instituto Distrital para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático– tienen un plazo de tres meses para elegir un lugar adecuado para su reubicación.
“[Deben] identificar o definir un inmueble que cumpla con las condiciones de dignidad y espacio suficiente, disponibilidad de servicios, acceso a saneamiento y demás características que lo hagan idóneo y funcional como albergue temporal y de emergencia”, se lee en el documento del Tribunal.
Asimismo, deben continuar garantizando la prestación de los servicios públicos y psico-sociales a los ciudadanos embera, buscando que tengan condiciones de vida dignas y humanas, mientras se logra efectuar su retorno al albergue o su reubicación.
La Alcaldía Mayor de Bogotá, en cabeza de Carlos Fernando Galán, por su parte, debe integrar un comité de emergencia que sesione de manera permanente y que diseñe, adopte, implemente y ejecute las acciones necesarias para garantizar la evacuación de la población indígena. Esto, priorizando su seguridad y su dignidad.
La alcaldía fungirá como coordinador del comité, junto con la Oficina de Consejería Distrital de Paz, Víctimas y Reconciliación, la Secretaría Distrital de Gobierno de Bogotá y el Idipron. Deberán contar con el acompañamiento del Instituto Distrital para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático, la Personería de Bogotá, y los representantes de la comunidad y de la Organización Nacional Indígena de Colombia (Onic).
Es así como el Tribunal ordenó amparar “los derechos fundamentales a la vida, a la salud, la seguridad y a la vivienda digna de los miembros de los pueblos embera, albergados en la Unidad de Protección inmediata — UPI La Rioja en Bogotá, representados por la Personería de Bogotá”.