Confirman el procesamiento de Julio de Vido por enriquecimiento ilícito de unos 687.000 dólares

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La Cámara Federal confirmó el procesamiento del detenido exministro Julio de Vido y de su esposa, Alessandra Minnicelli, por supuesto enriquecimiento ilícito al no haber podido justificar un crecimiento patrimonial estimado en unos 687.000 dólares

El fallo ratificó también la acusación contra presuntos testaferros, aunque dictó la falta de mérito a una de las involucradas.

De Vido está preso en la cárcel de Ezeiza, cumpliendo condena por el accidente ferroviario de Once, causa en la que fue sentenciado a 4 años de prisión como partícipe necesario de administración fraudulenta, un fallo que dejó firme la Corte Suprema de Justicia.

Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, jueces de la Cámara Federal

Asimismo, De Vido fue condenado por la compra de trenes chatarra a España y Portugal por fraude a 4 años y a otra pena por fraude en la compra de gas natural licuado.

Actualmente tiene la agenda completa: es juzgado por la causa de los cuadernos de las coimas, con audiencias dos veces a la semana; enfrenta el juicio por supuestos pagos de sobornos en la causa Skanska por la ampliación de gasoductos y otro caso de supuestas coimas de la constructora Odeberecht, por dos plantas de depuración de AySa.

Su situación de salud es delicada y es atendido en el hospital de la cárcel de Ezeiza. La semana pasada sufrió un nuevo revés judicial, cuando pidió ser excarcelado, pero el tribunal que lo condenó, con la firma del juez Ricardo Basílico, le negó ese beneficio.

Alessandra Minnicelli, mujer del exministro Julio De Vido

La decisión de confirmar el procesamiento de De Vido fue de los jueces Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, “por haber incrementado su patrimonio de forma apreciable” cuando fue ministro de Planificación entre 2004 y 2015 con Néstor y Cristina Kirchner, y cuando fue diputado entre 2015 y 2019, “sin justificación en sus ingresos legítimos o recursos lícitos registrados y declarados”.

La justicia le atribuye a De Vido no haber podido justificar un incremento patrimonial de al menos US$ 687.000.

Le reprocharon no poder justificar y haber ocultado “mediante maniobras de simulación” un lujoso departamento en la Avenida del Libertador 2275/7, piso 10, unidad funcional 13 y 1/13 parte indivisa de unidad una complementaria, los cuales tendrían un valor de entre US$ 600.000 y US$ 730.000.

Ese inmueble fue adquirido a través de interpósitas personas y sociedades pantalla (como Uni-Vite Argentina S.A.). La operación se habría concretado mediante la compra del paquete accionario de la empresa por valores que rondaron los USD 597.000, simulando luego contratos de alquiler para justificar la residencia del matrimonio en el lugar.

A su vez se le reprocha al patrimonio tener dinero en efectivo oculto, como la suma no declarada de 90.000 dólares en una caja de seguridad a nombre de Alessandra Minnicelli en la sucursal Río Gallegos del Banco Patagonia.

El tribunal confirmó el procesamiento de De Vido como autor del delito de enriquecimiento ilícito y el de su esposa, junto a Juan Manuel Sebastián Pérez y Susy Inés Bello Knoll.

A pesar de confirmar el núcleo de la acusación, la Cámara resolvió revocar el procesamiento y dictar la “falta de mérito” para Raquel Irene Flanzbaum, quien había sido procesada inicialmente como partícipe necesaria de la maniobra.

Como consecuencia, también se revocaron parcialmente los embargos y la inhibición general de bienes que pesaban sobre ella.

Los camaristas fundamentaron esta decisión en el “menor involucramiento” de Flanzbaum en los hechos investigados en comparación con el resto de los acusados. Se habló de una intervención temporalmente reducida como accionista minoritaria (dueña apenas del 5% del paquete accionario de la empresa pantalla usada para la compra) y directora suplente.

A diferencia de otros imputados señalados como testaferros, que no tenían ingresos demostrables, Flanzbaum “declaró poseer bienes a su nombre y una actividad profesional en el país”.

Los jueces concluyeron que resta dilucidar el aspecto subjetivo de su accionar, es decir, si actuó con dolo o conocimiento del origen ilícito de los fondos, por lo que dictaron la falta de mérito y que se la siga investigando.

Con esta decisión, De Vido quedó más cerca del juicio oral y público por este delito.

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